El interés general y el comercio de servicios

AuthorEsther Barbé Izuel, Araceli Mangas Martín y Rafael Arenas García
Pages639-640

Segura Serrano, A.: El inters general y el comercio de servicios, Tecnos, Madrid, 2003, 239 pp.

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La monografía reseñada se centra en un tema de enorme interés y actualidad como es el comercio de servicios y las posibles limitaciones al mismo por parte de los Estados, justificadas por la protección del interés general. La tendencia a una liberalización del comercio en el ámbito internacional se ha acentuado firmemente en las últimos décadas del siglo xx y los primeros años del siglo xxi, pero consecuentemente, se han acentuado también los problemas inherentes a esta liberalización.

Esa tendencia a la liberalización afecta a todos los ámbitos comerciales, de los que los servicios son una de sus manifestaciones, que tiene características particulares porque plantea, entre otras, la importante cuestión de la protección del destinatario de esos servicios, y su relación con el interés general. La protección de este interés, como el autor señala, tiene aspectos políticos y jurídicos, no siempre fáciles de deslindar, aunque él subraya la diferencia: el interés general, desde el punto de vista político, es el concepto que legitima la intervención de los Estados en la economía para proteger un conjunto de valores sociales, que de otra forma no serían respetados. Desde el punto de vista jurídico el interés general se articula como excepciones a las obligaciones de libre comercio. Desde ambos puntos de vista, los valores protegidos son los mismos y su salvaguardia se manifiesta como necesaria y razonable: la salud, el medio ambiente, los consumidores, la seguridad de las transacciones comerciales, el orden público, etc..

La obra contiene un detallado estudio de esta protección del interés general en el comercio de servicios en el ámbito internacional en un doble plano: su protección en las relaciones económicas internacionales en el marco del antiguo GATT, la OMC y el GATS, con sus respectivos mecanismos de solución de diferencias, y su protección en la Unión Europea, más concretamente en la Comunidad Europea, en la que su carácter de Organización Internacional de integración, hace que tenga rasgos específicos, frente a la protección internacional, aunque también presenta elementos comunes con la misma.

La dificultad de concretar la noción de interés general es mucho mayor en el ámbito internacional, por la diversidad de Estados, con diferentes niveles de desarrollo, con distintos sistemas políticos, culturales y sociales, pero niPage 640...

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