Report No. 62 (2002) IACHR. Case No. 12.285 (Estados Unidos de America)

Case Number12.285
Report Number62
Respondent StateUnited States
Case TypeMerits
CourtInter-American Comission of Human Rights
Alleged VictimMichael Domingues, Estados Unidos


INFORME N° 62/02
CASO 12.285

FONDO

MICHAEL DOMINGUES

ESTADOS UNIDOS (*)

22 de octubre de 2002

I. RESUMEN

1. El 1 de mayo de 2000, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ("la Comisión") recibió una petición del Sr. William A. C. del Magnus Hirschfield Center for Human Rights contra Estados Unidos de América ("el Estado" o "Estados Unidos"). La petición fue presentada en nombre del Sr. M.D., que está recluido en espera de ejecución en el Estado de Nevada. El 8 de diciembre de 2000, la petición fue complementada por una segunda petición interpuesta en nombre del Sr. D. por el Sr. Mark B., Defensor de Oficio del Condado Clark. Posteriormente se convino entre el Sr. D., el Sr. C. y el Sr. B. que éste actuaría como único representante del Sr. D. en las actuaciones ante la Comisión (el "peticionario").

2. El peticionario afirma que el Sr. D. ha sido condenado y sentenciado a muerte en relación con dos homicidios que ocurrieron en el Estado de Nevada en 1993. El Sr. D. tenía 16 años cuando se cometieron los delitos. El peticionario declara, además, que el 1 de noviembre de 1999, la Suprema Corte de Estados Unidos se negó a revisar un dictamen de la Suprema Corte del Estado de Nevada permitiendo la ejecución de un condenado por un delito cometido siendo menor. A la fecha del presente informe, no se ha fijado fecha para la ejecución del Sr. D..

3. El peticionario alega que el Sr. D. ha agotado los recursos internos y, por tanto, que la petición es admisible. También alega que al sentenciar al Sr. D. a muerte por delitos cometidos cuando era menor, el Estado viola los Artículos I, II, VII y XXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre ("la Declaración Americana"). Más particularmente, el peticionario argumenta que Estados Unidos está en violación del Artículo I de la Declaración Americana en razón de una norma jus cogens internacional que prohibe la ejecución de delincuentes menores. El peticionario también sostiene que el hecho de que Estados Unidos no haya impedido la arbitrariedad legislativa sistemática dentro de algunos Estados de la nación en relación con la aplicación de la pena de muerte a delincuentes juveniles ha dado lugar a una privación arbitraria de la vida y a falta de igualdad ante la ley. Afirma que, sobre esta base, Estados Unidos viola los Artículos I y II de la Declaración. Por último, el peticionario denuncia que la aplicación de la sentencia de muerte contra el Sr. D. representaría una violación de los Artículos VII y XXVI de la Declaración.

4. A la fecha del presente informe, la Comisión no ha recibido ninguna información ni observaciones del Estado en relación con la petición del Sr. D..

5. En el presente informe, habiendo examinado la información y los argumentos suministrados por las partes, la Comisión decidió admitir el caso en relación con los Artículos I, II, VII y XXVI de la Declaración. Además, tras considerar los méritos del caso, la Comisión concluyó que el Estado ha actuado en contravención de una norma jus cogens internacional al sentenciar a M.D. a la pena de muerte por un delito que cometió cuando tenía 16 años. En consecuencia, si el Estado ejecutara al Sr. D. en virtud de esta sentencia, la Comisión concluye que será responsable de una grave e irreparable violación del derecho a la vida del Sr. D. consagrado en el Artículo I de la Declaración Americana.

II. ACTUACIONES ANTE LA COMISION

A. Observaciones de las partes

6. El 30 de mayo de 2000, la Comisión decidió iniciar el Caso N° 12.285 en relación con la denuncia del Sr. D. y por nota de la misma fecha remitió las partes pertinentes de la petición presentada por el Sr. C. al Estado, solicitándole que suministrara la información que considerase pertinente a la denuncia dentro de un plazo de 90 días, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Comisión. También por nota de la misma fecha, la Comisión informó al Sr. C. que la petición del Sr. D. había sido trasmitida al Estado.

7. El 8 de diciembre de 2000, la Comisión recibió una nueva petición interpuesta en nombre del Sr. D. por el Sr. Mark S. B., Defensor de Oficio del Condado Clark. El 11 de enero de 2001, la Comisión recibió una confirmación escrita del Sr. D. señalando que era representado por el Sr. B. y que la petición de 8 de diciembre de 2000 había sido interpuesta con pleno conocimiento, autorización y consentimiento del Sr. D.. Este indicó también que no había hablado con ningún otro abogado u organización sobre la interposición de la petición en su nombre y que, en caso de existir algún conflicto entre las peticiones, desearía que la Comisión procediera a examinar la petición interpuesta por el Sr. B..

8. Por nota del 25 de enero de 2001, la Comisión informó al Sr. C. que había recibido una segunda petición en nombre del Sr. D. conjuntamente con una declaración escrita de éste, de acuerdo a los términos señalados. Luego de nuevas comunicaciones entre la Comisión, el Sr. C. y el Sr. B., el 21 de febrero de 2001 la Comisión recibió una carta del Sr. B. declarando que actuaría como único representante del Sr. D. ante la Comisión y que el Sr. C. había convenido con esta solución. Adjunto a la carta se presentaba una comunicación del Sr. C. confirmando este acuerdo.

9. En consecuencia, la Comisión remitió las partes pertinentes de la petición complementaria presentada por el Sr. B. al Estado en una comunicación fechada el 5 de marzo de 2001, solicitándole que le brindase toda la información que considerara relevante para el caso dentro de un plazo de 30 días. A la fecha del presente informe, la Comisión no había recibido observación alguna del Estado sobre la denuncia del Sr. D..

B. Medidas cautelares

10. En su comunicación del 30 de mayo de 2000 al Estado, la Comisión solicitaba la adopción de medidas cautelares de parte de Estados Unidos en virtud del Artículo 29(2) del Reglamento anterior de la Comisión. [1] Esta solicitud fue formulada sobre la base de que, si el Estado ejecutase al Sr. D. antes de que la Comisión tuviera oportunidad de examinar las alegaciones de su petición, su denuncia resultaría inválida en términos de la disponibilidad de posibles reparaciones y causaría un daño irreparable al Sr. D.. La Comisión no recibió respuesta del Estado a su solicitud de medidas cautelares.

C. Solución amigable

11. Por comunicaciones del 22 de agosto de 2001 al peticionario y al Estado, la Comisión se puso a disposición de las partes a los efectos de procurar una solución amigable de la materia, en virtud del Artículo 41 del Reglamento de la Comisión, sobre la base del respeto por los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana, la Declaración Americana y demás instrumentos aplicables. La Comisión también solicitó que las partes brindaran a la Comisión una respuesta a su ofrecimiento dentro de un plazo de 10 días, en cuyo defecto la Comisión seguiría considerando la materia.

12. En una comunicación fechada el 29 de agosto de 2001 y recibida por la Comisión el 4 de Septiembre de 2001 el peticionario informó a la Comisión que aceptaba en nombre del Sr. D. el ofrecimiento de la Comisión para facilitar una solución amigable de la cuestión. Por nota del 6 de setiembre de 2001, la Comisión remitió las partes pertinentes de la comunicación del peticionario al Estado y le solicitó que presentara sus observaciones dentro de un plazo de 10 días, en cuyo defecto la Comisión consideraría que no era posible llegar a una solución amigable y continuaría la consideración de la materia.

III. POSICIONES DE LAS PARTES

A. Posición del peticionario

1. Admisibilidad

13. El peticionario sostiene que la denuncia del Sr. D. es admisible de acuerdo con los requisitos del Reglamento de la Comisión. Afirma que el Sr. D. presentó una petición al Tribunal de Primera Instancia del Estado para corregir una sentencia ilegal argumentando que la legislación del Estado de Nevada está supeditada al derecho internacional, que prohibe la ejecución de delincuentes juveniles, incluido el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el derecho internacional consuetudinario y jus cogens. El Tribunal de Primera Instancia desestimó la petición. Además, el Sr. D. apeló dos veces su condena y sentencia de muerte ante la Suprema Corte de Nevada. En su segunda apelación, una mayoría de la Suprema Corte de Nevada llegó a la conclusión de que una "reserva" al PIDCP presentada por el Senado de Estados Unidos permitía la ejecución de D.. Ni la Suprema Corte de Nevada ni el Tribunal de Primera Instancia examinaron la cuestión de la validez de la reserva ni si la ejecución de un delincuente juvenil viola el derecho consuetudinario o jus cogens. Se presentó un recurso certiorari ante la Corte Suprema de Estados Unidos alegando la violación del PIDCP, el derecho internacional consuetudinario y jus cogens. El 1 de noviembre de 1999, la Suprema Corte de Estados Unidos desestimó esta petición sin considerarla.

14. El peticionario también denuncia que los poderes legislativo y ejecutivo del gobierno de Estados Unidos han desestimado análogamente una reparación efectiva para el Sr. D.. Sostiene a este respecto que, cuando el Estado ratificó el PIDCP, el Senado de Estados Unidos estableció una reserva al Artículo 6(5) que prohibe la imposición de la pena capital a menores de 18 años en momentos de cometer el delito, con lo que se priva al Sr. D. de la protección de esta disposición del tratado. El peticionario también denuncia que en el recurso certiorari del Sr. D. ante la Suprema Corte de Estados Unidos, la Oficina del Procurador General, en nombre del Poder Ejecutivo, no argumentó que no existiera una norma jus cogens que prohibe la ejecución de menores de 16 años, sino que exhortó a la Suprema...

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