Informe nº 53/16 CIDH. Caso nº 12.056 (Argentina)

Case Number12.056
Date06 December 2016
Report Number53/16
Case TypeMerits
Alleged VictimGABRIEL OSCAR JENKINS
Respondent StateArgentina


Difundiendo los estándares para la protección de los DDHH de la CIDH

Ficha de Resumen



  1. Datos generales


  1. Nombre del caso

Gabriel Oscar Jenkins, Argentina

  1. Parte peticionaria

Gabriel Oscar Jenkins

  1. Número de Informe

Informe No. 53/16

  1. Tipo de informe

Informe de Fondo (Caso en la Corte IDH)

  1. Fecha

6 de diciembre de 2016

  1. Decisiones de la CIDH y/o la Corte IDH, relacionadas

Informe No. 50/04 (Admisibilidad)

Caso Jenkins vs. Argentina (Sentencia de 26 de noviembre de 2019)

  1. Artículos analizados

Convención Americana sobre Derechos Humanos

Artículos analizados declarados violados

Artículos analizados no declarados violados

Art.1, art. 2, art. 7, art. 8, art. 24, art. 25

-


  1. Sumilla



El caso trata sobre la aplicación de la medida de prisión preventiva a Gabriel Oscar Jenkins por más de tres años, en el marco de un proceso penal por los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes y asociación ilícita. Durante ese período, las autoridades judiciales argentinas se negaron a concederle el beneficio de excarcelación debido a que la normativa interna lo prohibía para tales delitos. Además, la demanda por daños y perjuicios presentada por el señor Jenkins frente a estos hechos fue rechazada y tardó más de nueve años en resolverse.



  1. Palabras clave



Igualdad ante la ley, Libertad personal, Prisión preventiva, Protección judicial y garantías judiciales



  1. Hechos



El 8 de junio de 1994, Gabriel Oscar Jenkins fue detenido bajo prisión preventiva en virtud de una orden judicial dictada en el marco del proceso penal sobre la causa “Padilla Echevarry y otros”, seguido en su contra y de otras personas por los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes y asociación ilícita. Se le acusaba —en base a una conversación telefónica en la que el también procesado Jorge Martínez le solicitaba acompañarlo en un viaje al exterior— de haber recibido una invitación para supuestamente asistir a una reunión del Cartel de Cali en la República de Panamá. Sin embargo, el señor Jenkins argumentaba que había sido invitado a viajar para la compraventa de una embarcación deportiva. La orden judicial en su contra se amparó en la Ley No. 24.390, que si bien establecía límites a la prisión preventiva, disponía que sus alcances no se aplicaran a personas procesadas por delitos relacionados al narcotráfico, incluyendo la tenencia de estupefacientes. De este modo, se prohibía la excarcelación para casos relativos a los mencionados delitos en los que se dictara prisión preventiva.


En vista de su prolongada detención, el señor Jenkins interpuso una queja al Defensor del Pueblo, por la cual este último exhortó el 23 de junio de 1997 al Tribunal competente a disponer la libertad del señor Jenkins y de quienes como él no hayan podido ser juzgados en un plazo razonable. Posteriormente, presentó una acción conjunta de inconstitucionalidad y solicitud de excarcelación, alegando que la prohibición de excarcelación por los delitos en discusión no era razonable, ya que para otros delitos más graves no existía tal prohibición. Sin embargo, este recurso fue rechazado. Ante ello, presentó otra acción de inconstitucionalidad contra dicha decisión, alegando que el Tribunal se había limitado a repetir la aplicación de la Ley No. 24.390 y no había tomado en cuenta sus argumentos. Dicha acción fue rechazada en última instancia por la Cámara Nacional de Casación Penal el 10 de abril de 1997.


En la etapa de juicio, el Fiscal no encontró elementos de imputación en contra del señor Jenkins y solicitó su absolución de culpa y cargo. Este fue liberado el 13 de noviembre de 1997, mediante resolución de un Tribunal en lo Criminal Federal. Posteriormente, el 23 de diciembre de ese año, el referido Tribunal dictó sentencia sobre el caso, absolviendo al señor Jenkins y a otros imputados de los delitos imputados. De este modo, este estuvo privado de libertad por más de tres años y cinco meses. En vista de ello, en diciembre de 1999, el señor Jenkins presentó una demanda por daños y perjuicios en contra del Estado y del juez que ordenó la prisión preventiva en su contra. No obstante, el pedido fue desestimado en última instancia por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 17 de marzo de 2009, nueve años y tres meses después de que la demanda haya sido presentada.


Frente a tales hechos, el señor Jenkins presentó una petición ante la CIDH, denunciando que el Estado de Argentina había vulnerado los derechos a la libertad personal, las garantías judiciales, igualdad ante la ley y protección judicial, reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante, CADH).



  1. Análisis jurídico



El derecho a la libertad personal, a la presunción de inocencia y a la protección judicial respecto de la motivación de la detención preventiva (artículos 7, 8 y 25 de la CADH)


La CIDH y la Corte IDH han señalado que la prisión preventiva es una medida cautelar y no punitiva, siendo la más severa que se puede imponer a una persona, ya que la regla debe ser la libertad del procesado mientras se resuelve la responsabilidad personal. En esa línea, toda decisión que restrinja el derecho a la libertad personal —por medio de la prisión preventiva— debe contener una motivación suficiente e individualizada que permita evaluar si tal detención se ajusta a condiciones necesarias para su aplicación. La CIDH ha precisado que las condiciones a evaluar son los indicios razonables que vinculen al acusado, los fines legítimos, la aplicación excepcional, y los criterios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad.


En el...

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