Report No. 47 (1996) IACHR. Case No. 11.436 (Cuba)

Report Number47
Year1996
Case Number11.436
Respondent StateCuba
CourtInter-American Comission of Human Rights
Case TypeMerits
Alleged VictimRemolcador 13 De Marzo

INFORME Nº 47/96
CASO 11.436
VÍCTIMAS DEL BARCO REMOLCADOR "13 DE MARZO" vs. CUBA
16 de octubre de 1996

I. ANTECEDENTES

1. Con fecha 19 de julio de 1994, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recibió una denuncia según la cual en horas de la madrugada del 13 de julio de 1994, cuatro barcos pertenecientes al Estado cubano y equipados con mangueras de agua embistieron un viejo barco remolcador que huía de Cuba con 72 personas a bordo. Los hechos ocurrieron a siete millas de distancia de las costas cubanas, frente al puerto de la ciudad de La Habana. La mencionada denuncia señala, asimismo, que las embarcaciones del Estado cubano embistieron con sus respectivas proas al remolcador fugitivo con la intención de hundirlo, al mismo tiempo que les lanzaban agua a presión a todas las personas que se encontraban en la cubierta del mencionado barco, incluyendo mujeres y niños. La súplica de las mujeres y niños para que el ataque cesara fue en vano, ya que la vieja embarcación denominada "13 de Marzo" se hundió con un saldo de 41 muertos, de los cuales 10 eran menores de edad. 31 personas sobrevivieron a los sucesos del 13 de julio de 1994.

2. El 28 de febrero de 1995, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recibió otra denuncia sobre los mismos hechos, la cual se acumuló al expediente N1 11.436, de conformidad con el artículo 53 de su Reglamento.

II. TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN

3. La Comisión, mediante nota del 7 de marzo de 1995, inició la tramitación del caso y solicitó al Gobierno de Cuba la información pertinente sobre los hechos materia de dicha comunicación, así como cualquier elemento de juicio que le permitiera apreciar si en el caso se habían agotado los recursos de la jurisdicción interna.

4. En nota de 23 de marzo de 1995, la Sección de Intereses del Gobierno de Cuba remitió a la Comisión una copia de la intervención del Presidente Fidel Castro ante los medios de comunicación cubanos y un comunicado oficial del Ministerio del Interior en el cual se hace alusión a los hechos ocurridos el 13 de julio de 1994.

5. Los documentos antes señalados fueron remitidos a los peticionarios el 30 de marzo de 1995. Por su parte, los peticionarios enviaron sus observaciones el 4 de mayo de 1995, las mismas que fueron transmitidas a la Sección de Intereses de Cuba el 10 de mayo del mismo año.

6. Los peticionarios solicitaron ser escuchados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos durante su 901 Período Ordinario de Sesiones. Por consiguiente, la Comisión les cursó una invitación a los peticionarios y a los representantes de la Sección de Intereses del Gobierno de Cuba, a fin de que expusieran sus alegatos con respecto a los hechos del presente caso. La mencionada audiencia tuvo lugar el 7 de septiembre de 1995. Por parte de los peticionarios --Movimiento Cuba 21-- asistieron, los Licenciados Sergio Ramos y Guillermo Toledo, la Dra. Belquis Rodríguez y el Sr. Jay Fernández. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos también escuchó los testimonios de dos de los sobrevivientes, Arquímedes Lebrigio y José Alberto Hernández. La Sección de Intereses de Cuba no envió a ningún representante.

7. Los alegatos de los peticionarios que fueron expuestos durante dicha audiencia fueron transmitidos por escrito a la Comisión con fecha 31 de agosto de 1995. Por su parte, la Comisión mediante nota del 20 de septiembre del mismo año, dio traslado de dicha documentación a la Sección de Intereses del Gobierno cubano, con un plazo de 60 días para que remitiera sus observaciones al respecto.

8. El 2 de febrero de 1996, los peticionarios solicitaron un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con las conclusiones respectivas, de conformidad con el artículo 53 de su Reglamento.

9. La Comisión, en comunicación del 27 de marzo de 1996, reiteró al Gobierno de Cuba su solicitud de información, otorgándole un plazo de 30 días.

10. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos aprobó el Informe Confidencial N1 16/96 en el curso de su 921 Período Ordinario de Sesiones, el cual fue remitido al Gobierno de Cuba el 3 de mayo de 1996, para que formulara las observaciones que estimara pertinentes, en el plazo de tres meses a partir de la fecha de remisión.

11. El Gobierno cubano no dio respuesta al Informe Confidencial N1 16/96 aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su 921 Período Ordinario de Sesiones.

III. HECHOS DENUNCIADOS

De acuerdo con la información proporcionada a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los hechos ocurridos serían los siguientes:

A. Hundimiento del Remolcador "13 de MARZO"

12. El día 13 de julio de 1994 a las 3:00 a.m. aproximadamente, 72 personas de nacionalidad cubana que intentaban salir de la isla con dirección a los Estados Unidos se hicieron a la mar en un viejo barco remolcador denominado "13 de Marzo", desde el puerto ubicado en la ciudad de La Habana. La embarcación utilizada para la huída pertenecía a la Empresa de Servicios Marítimos del Ministerio de Transportes.

13. Según testigos presenciales que sobrevivieron al naufragio, apenas zarpó el remolcador "13 de Marzo" del puerto cubano, comenzaron a ser perseguidos por dos barcos de la misma empresa estatal. A unos 45 minutos del viaje, cuando el remolcador se encontraba a siete millas de distancia de las costas cubanas --en un lugar conocido como "La Poceta"--, otras dos embarcaciones pertenecientes a la mencionada empresa, equipadas con tanques y mangueras de agua, aparecieron y embistieron al viejo remolcador. La embarcación de la empresa estatal cubana denominada "Polargo 2" bloqueó por delante al viejo remolcador "13 de Marzo", mientras la otra embarcación denominada "Polargo 5" la embistió por detrás, partiéndole la popa. Las otras dos embarcaciones estatales se ubicaron en los lados laterales lanzándoles agua a presión --a todas las personas que se encontraban en la cubierta-- mediante las mangueras que poseían.

14. El clamor de las mujeres y niños que se encontraban a bordo en la cubierta del remolcador "13 de marzo" no impidió que cesara el ataque. Dicha embarcación se hundió con un saldo de 41 personas muertas. Muchas de las personas perecieron en el naufragio debido a que se vieron obligadas a refugiarse en el cuarto de máquinas por la alta presión de los chorros de agua que les lanzaban a todos los que se encontraban en la cubierta. Los sobrevivientes también afirman que los tripulantes de los cuatro barcos estatales cubanos estaban vestidos de civil y que no les prestaron auxilio cuando se estaban hundiendo.

15. Posteriormente, llegaron lanchas de la Guardia Fronteriza de Cuba quienes rescataron a 31 sobrevivientes. Una vez rescatados, los mismos fueron trasladados al puesto de guardacostas cubano de Jaimanitas, ubicado al oeste de La Habana. De allí, fueron trasladados al Centro de Detención de Villa Marista que también funciona como Cuartel General de la Seguridad del Estado. Las mujeres y los niños fueron liberados y los hombres permanecieron detenidos.

16. Las víctimas que perecieron en los sucesos del 13 de julio de 1994 son las siguientes: Leonardo Notario Góngora (27), Marta Tacoronte Vega (36), Caridad Leyva Tacoronte (36), Yausel Eugenio Pérez Tacoronte (11), Mayulis Méndez Tacoronte (17), Odalys Muñoz García (21), Pilar Almanza Romero (30), Yaser Perodín Almanza (11), Manuel Sánchez Callol (58), Juliana Enriquez Carrasana (23), Helen Martínez Enríquez (6 meses), Reynaldo Marrero (45), Joel García Suárez (24), Juan Mario Gutiérrez García (10), Ernesto Alfonso Joureiro (25), Amado Gonzáles Raices (50), Lázaro Borges Priel (34), Liset Alvarez Guerra (24), Yisel Borges Alvarez (4), Guillermo Cruz Martínez (46), Fidelio Ramel Prieto-Hernández (51), Rosa María Alcalde Preig (47), Yaltamira Anaya Carrasco (22), José Carlos Nicole Anaya (3), María Carrasco Anaya (44), Julia Caridad Ruiz Blanco (35), Angel René Abreu Ruiz (3), Jorge Arquímides Lebrijio Flores (28), Eduardo Suárez Esquivel (39), Elicer Suárez Plascencia, Omar Rodríguez Suárez (33), Miralis Fernández Rodríguez (28), Cindy Rodríguez Fernández (2), José Gregorio Balmaceda Castillo (24), Rigoberto Feut Gonzáles (31), Midalis Sanabria Cabrera (19), y cuatro víctimas más que no pudieron ser identificadas.

17. Las víctimas sobrevivientes son las siguientes: Mayda Tacoronte Verga (28), Milena Labrada Tacoronte (3), Román Lugo Martínez (30), Daysi Martínez Findore (26), Tacney Estévez Martínez (3), Susana Rojas Martínez (8), Raúl Muñoz García (23), Janette Hernández Gutiérrez (19), Modesto Almanza Romero (28), Fran Gonzáles Vásquez (21), Daniel Gonzáles Hernández (21), Sergio Perodín Pérez (38), Sergio Perodín Almanza (7), Gustavo Guillermo Martínez Gutiérrez (38), Yandi Gustavo Martínez Hidalgo (9), José Fabián Valdés (17), Eugenio Fuentes Díaz (36), Juan Gustavo Bargaza del Pino (42), Juan Fidel Gonzáles Salinas (42), Reynaldo Marrero Canarana (16), Daniel Prieto Suárez (22), Iván Prieto Suárez (26), Jorge Luis Cuba Suárez (23), María Victoria García Suárez (28), Arquímides Venancio Lebrijio Gamboa (52), Yaussany Tuero Sierra (20), Pedro Francisco Garijo Galego (31), Julio César Domínguez Alcalde (33), Armando Morales Piloto (38), Juan Bernardo Varela Amaro, y Jorge Alberto Hernández Avila (33).

B. Negativa del Estado cubano a recuperar los cadáveres de las víctimas

18. En los días posteriores al naufragio, familiares de las víctimas que perecieron ahogadas se dirigieron a las autoridades cubanas a fin de rescatar los cuerpos que se encontraban en el fondo del mar. La respuesta oficial fue que no contaban con buzos especializados para rescatar los cadáveres.

19. La organización sin fines de lucro "Hermanos al Rescate" --que se dedica a rescatar a los balseros cubanos que intentan escapar de la isla-- solicitó autorización al Gobierno cubano para sobrevolar el lugar de los hechos, a fin de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT