Report No. 26 (2000) IACHR. Petition No. 11.821 (Surinam)

Petition Number11.821
Report Number26
Respondent StateSurinam
Case TypeAdmissibility
CourtInter-American Comission of Human Rights
Alleged VictimMoiwana


OEA/Ser.L/V/II.106
Doc. 3
13 abril 2000
Original: Español

INFORME Nº 26/00
CASO 11.821
ALDEA DE MOIWANA
SURINAME
7 de marzo de 2000

I. RESUMEN

1. La denuncia fue presentada por "Moiwana ’86 Organización de Derechos Humanos de Suriname" el 11 de julio de 1997 y se refiere a la ejecución extrajudicial de más de cuarenta habitantes de la aldea de Moiwana, una de las comunidades del pueblo Cimarrón (Maroons) de Suriname, y a la destrucción intencional de sus bienes por miembros del Ejército de ese país, así como a la falta de garantías judiciales, debido proceso y reparaciones por esos actos. El Estado no respondió a las solicitudes de información enviadas por la Comisión, la cual tras analizar la petición y el cumplimiento de los requisitos previstos para la aplicación de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (la "Declaración") y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (la "Convención") decidió declarar el caso admisible en cuanto se refiere a presuntas violaciones a los artículos I, derecho a la vida y seguridad personal; VII, derecho de protección a la maternidad y a la infancia; IX, derecho a la inviolabilidad del domicilio; y XXIII, derecho a la propiedad, todos ellos de la Declaración; y a los artículos 8(1), garantías judiciales; y 25(2), derecho a la protección judicial, y al artículo 1(1) (obligación de respetar los derechos) de la Convención.

II. TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN

2. La Comisión recibió la denuncia el 11 de julio de 1997 y la transmitió al Gobierno el 30 de octubre de ese año, solicitando respuesta dentro de 90 días. Frente a la falta de respuesta del Gobierno, la Comisión reiteró en dos oportunidades ese pedido, el 2 de junio de 1998 y el 25 de febrero de 1999, indicando que consideraría la aplicación del artículo 42 de su Reglamento en el caso de no recibirse respuesta dentro de 30 días. La Comisión no ha recibido respuesta alguna del Estado hasta la fecha.

III. POSICIONES DE LAS PARTES

A. El peticionario

3. La denuncia señala como antecedente general que en 1980 un grupo de oficiales del Ejército Nacional de Suriname llevó a cabo un golpe de Estado, y su líder, D.B., se declaró C. en Jefe del Ejército. Dichos militares procedieron a nombrar una administración formada por civiles que anunció que llamaría a elecciones. Sin embargo, esas elecciones no se realizaron y en cambio siguió un período de violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos, que fueron documentadas en general por la CIDH en varios informes1.

4. Como antecedente específico, la denuncia indica que en 1986 se organizó un grupo de oposición armado (el "Comando de la Jungla") con apoyo de surinameses en el exilio en Holanda, y bajo la jefatura de R.B., un ex-miembro de la custodia de D.B.. Ese grupo inició sus acciones atacando puestos militares en la zona Este de Suriname, en el territorio de los N.M., pueblo al que pertenecía B. y la mayoría de sus seguidores armados. El Ejército respondió con extensas operaciones en la región, y con una represalia sistemática y colectiva contra la población Cimarrona, alegando que ayudaban al Comando de la Jungla. Aldeas de Cimarrones, que pertenecían a otras tribus y que habitaban distintas regiones, fueron objeto de represalia del Ejército surinamés, asesinando entre 150 y 200 civiles. Recuerda, entre otros, que la CIDH documentó2 que los Cimarrones habían sido víctimas de hambrunas forzadas, cortes ilegales de beneficios y "etnocidio".

5. La denuncia señala, con respecto a la matanza y destrucción en la aldea Moiwana, objeto principal de la denuncia, que a principios de noviembre de 1986 los militares comenzaron una operación de "limpieza" en el Este de Suriname y ordenaron a la población civil evacuar el área. Por distintas razones, muchos no salieron. La operación contra la aldea Moiwana y sus alrededores comenzó, según la denuncia, el 29 de noviembre de 1986, y fue efectuada por una unidad militar de unos 70 hombres especialmente entrenados, divididos en tres grupos, uno de los cuales atacó directamente la aldea. Esta acción comenzó con el incendio de la casa del líder rebelde B. y siguió con el fusilamiento de casi todos los habitantes, después de lo cual quemaron la aldea. Al mismo tiempo, los militares volaron un ómnibus de pasajeros que se aproximaba, matando a sus ocupantes. Al final de esos sucesos, quedaron unas 40 personas muertas, ejecutadas extrajudicialmente por tropas gubernamentales. Algunos de los cadáveres que fueron trasladados a la Morgue en Alfonsdorp fueron incendiados junto con el edificio de la Morgue. A fines de noviembre de 1986, el Gobierno negó haber efectuado operación alguna en el área.

6. Según la denuncia, en 1989 la Policía civil hizo un intento de investigación, bajo la dirección del Inspector de P.H.E.G., quien fue asesinado el 4 de agosto de 1990, después de haberse reunido con el C. Suplente de la Policía Militar, según documenta la CIDH en su informe3. Su cadáver fue encontrado al costado de la oficina del C.B.. Varios soldados fueron arrestados por la Policía Civil poco después de la matanza de Moiwana, pero fueron liberados bajo el asedio de 30 hombres armados de la Policía Militar por orden del C.B..

7. En 1992, el Parlamento de Suriname adoptó una Ley de Amnistía retroactiva que cancelaba todo proceso referido a violaciones de derechos humanos efectuadas en el período 1985-1991, excepto crímenes contra la humanidad, definidos por la Convención sobre la Prohibición y Prevención...

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