Editorial

AuthorCentro de Derechos Humanos
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EDITORIAL
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El Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile, a través de su nuevo Programa “Democracia y Derechos
Humanos” ha decidido continuar con una de sus principales líneas de investigación: el análisis de la jurisprudencia emanada
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En este sentido, el Boletín representa una de las principales concreciones
de dicha línea de investigación.
Este segundo número del Boletín de Jurisprudencia de 2011, comprende el análisis de cuatro sentencias contenciosas
dictadas respecto de Argentina (2), El Salvador y Venezuela entre los meses de agosto y septiembre de 2011.
En este número, quisiera llamar la atención al lector sobre algunos temas que aborda la Corte. En primer lugar, una
materia que, lamentablemente, no es nueva, la desaparición forzada de personas, pero que en este caso adquiere ribetes
particulares de horror ya que trata la sustracción de niños y niñas, y la separación de sus familias en contextos de violencia.
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no solo un drama humano, sino que una serie de problemas jurídicos que no son fáciles de abordar desde el derecho. La Corte
se hace cargo de este problema y busca algunas soluciones que es interesante estudiar.
Otra cuestión relevante que aborda la Corte es el tema de los alcances del requisito de falta de arbitrariedad en la
privación de libertad. Sin duda que éste es un aporte, ya que estamos ante una expresión poco clara de la norma, siendo
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de previsibilidad” al momento de la aplicación de sanciones. Es interesante que la Corte señale elementos concretos que debe
tomar en cuenta el juez al momento de imponer una sanción, limitando la discrecionalidad de la medida sancionatoria.
Un tema que sigue estando presente en la jurisprudencia de la Corte es el relativo a las violaciones graves y sistemáticas
de derechos humanos. La Corte, en este período, insiste en su tesis de que la verdad histórica obtenida a través de comisiones
de verdad, no sustituye el derecho de las víctimas a una verdad judicial. Asimismo, reitera la obligación de sancionar los ilícitos
más graves mediante la acción punitiva del Estado. Finalmente, reitera su jurisprudencia reciente que vincula el derecho de
acceso a la información, con la investigación en el marco de desapariciones forzadas de personas.
En este Boletín dedicamos el “comentario de fondo” al tema de los deberes de protección especial a los niños y niñas en
contexto de desapariciones forzadas. Nos ha parecido importante destacar la forma en que la Corte construye su argumento
en el caso Contreras y otros vs. El Salvador. Parece relevante que la Corte razone teniendo en cuenta dos elementos que
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violencia en el que se desarrollan los hechos y el especial impacto que esta violencia tiene sobre la población. Por otra parte,
el que la Corte tenga en consideración que las víctimas de estos hechos son niños y niñas, respecto de los cuales el Estado
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garantizar efectivamente los derechos de estos niños y niñas víctimas de violencia. Por último, lo más interesante del caso
es que la Corte no solo realiza un correcto análisis general del tema, sino que además dispone medidas muy concretas de
actuación, lo que apunta en el sentido correcto de dar efectividad a los derechos.
Como siempre, esperamos que este Boletín sea de utilidad a todos quienes tienen responsabilidad en la aplicación de
los estándares internacionales en el ámbito interno y con ello dar efectividad a los derechos y libertades convencionales.
Claudio Nash
Director Centro de Derechos Humanos

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