Editorial

AuthorClaudio Nash
PositionDirector Responsable
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EDITORIAL
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Tenemos el agrado de presentar un número especial del Boletín Trimestral de Jurisprudencia de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos, editado por el Programa “Estado de Derecho y Derechos Humanos” del Centro de Derechos Humanos
de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Si bien el objetivo central de nuestro Boletín Trimestral es presentar un
análisis de la jurisprudencia de la Corte Interamericana, principalmente, aquella referida a los temas de integridad personal,
libertad personal, debido proceso, protección judicial e igualdad y no discriminación, hemos considerado pertinente editar un
número especial sobre la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso González y otras
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esfuerzo, algunas de ellas son relativas al caso en sí mismo y otras relacionadas con nuestro Programa. En cuanto a las
razones vinculadas al caso, este es, sin duda alguna, el fallo más importante dictado en el sistema interamericano respecto
de una situación de violencia en contra de las mujeres; tema respecto del cual el sistema se encuentra en deuda. Si uno mira
la jurisprudencia de la Corte es posible ver una interesante evolución, desde una total invisibilización del tema, como ocurrió
en los casos Caballero Delgado y Santana vs. Colombia, y Loayza Tamayo vs. Perú; pasando por los avances aportados por
la sentencia en el caso Penal Miguel Castro Castro vs. Perú; a un fallo como el de Campo Algodonero, donde se examina el
tema desde una perspectiva de efectiva universalidad en la interpretación de las violaciones de derechos humanos que sufren
las mujeres en razón de género. Además, esta sentencia de la Corte es interesante en su razonamiento toda vez que avanza
en una mirada integral al problema de la violencia contra las mujeres y la respuesta del Estado frente a este fenómeno,
destacando conceptos que desarrolla el fallo, tales como el deber de diligencia estricta y la reparación transformadora. Sin
duda que la Corte en este caso ha hecho un esfuerzo serio por situar su análisis en un contexto de violencia y discriminación
en contra de las mujeres, con lo cual pretende erigirse en una guía de actuación para todo nuestro continente, con miras a que
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En cuanto a nuestras razones como Programa, desde el año 2008 venimos desarrollando una línea de investigación
en esta temática y este fallo pasa a constituir una herramienta vital para nuestro acercamiento al tema. Al igual que en otras
materias, el centro de nuestros esfuerzos está en ayudar a que los operadores de justicia de la región incorporen en sus labores
los estándares internacionales en materia de derechos humanos. Nuestra mirada comparte con la Corte la perspectiva básica:
el problema de violencia contra las mujeres no puede enfrentarse sin hacerse cargo de los nudos culturales que permiten su
proliferación. Sólo en la medida que enfrentemos este tema desde la actuación de la administración de justicia, haciéndonos
cargo de los estereotipos culturales que facilitan estas violaciones de derechos humanos, podremos dar una respuesta efectiva
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de justicia. En esa línea, el fallo de la Corte Interamericana es un avance.
El lector en este número especial se encontrará con una reseña de la sentencia de la Cor te, bajo un esquema algo
distinto a lo que hacemos normalmente en nuestro Boletín Trimestral. Esta vez hemos optado por dejar hablar a la Corte.
El grueso de este Boletín está dedicado a un resumen de los hechos y a un extracto del razonamiento de la Corte. Hemos
intentado elegir los considerandos de la Corte que mejor demuestren su razonamiento y los hemos dejado textualmente en
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del texto. Aparte de la sentencia, hemos incorporado una entrevista a la ex Presidenta de la Corte Interamericana, profesora
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involucrada. En vista que fue una de las juezas qu e dictó la sentencia, también se hace cargo de algunas de las críticas que
pueden formularse al fallo.
Por último, esperamos que este número especial también constituya un sentido homenaje de este Programa para todas
aquellas mujeres víctimas de violencia, no sólo en Ciudad Juárez, sino que en toda nuestra región.
Claudio Nash
Director Responsable

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