Derecho a la Libertad Personal
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III. DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL
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Legalidad y excepcionalidad en el uso de la fuerza y vulneraciones a la integridad
caso Nadege Dorzema
a) las acciones preventivas; b) las accio nes concomitantes a los hechos, y c) las acciones poster iores a los hechos.
“[…] existe un deber del Estado de adecuar su legislación naci onal y de ´vigilar que sus cuerpos de seguridad, a
quienes les está atribuido el uso de la fuer za legítima, respeten el derecho a la vida de quienes se encuentren bajo su
jurisdicción´. El Estado debe ser claro al momento de demarcar las políticas internas tratándose del uso d e la fuerza y
buscar estrategias para implementar los Principios sobre empleo de la f uerza y Código de conducta Caso Nadege
Dorzema, párr. 80)
En lo referente a las acciones concomitantes a los h echos,
“[…] la Corte considera que durante el desarrollo de un evento de despliegue de la au toridad, los agentes estatales,
en la medida de lo posible, deben realizar una evaluación de la si tuación y un plan de acción previo a su intervención […].
En todo caso, sólo se podrá hacer uso intencional de armas letales cuando se a absolutamente inevitable para proteger
(Caso Nadege Dorzema, párr. 84)
Sobre las acciones posteriores, “[l]a Corte observa que, de conformi dad con los Principios sobre el Empleo de la Fuerza, en
caso de presentarse heridos luego del despliegue de la misma, se les debe pres tar y facilitar los servicios médicos correspond ientes
situación, los cuales deberán tener supervisión ad ministrativa y judicial. De igual forma, debe existir una investig ación de los hechos
que permita determinar el grado y modo de la par ticipación de cada uno de los interventores, sean materiales o intelectuales, y con
ello, establecer las responsabilidades que puedan corresponderCaso Nadege Dorzema, párr. 100)
República Dominicana en el Caso Nadege Dor zema
“[…] no se acreditó la legalidad ni absoluta necesidad que motivara accionar la fuerza letal durante la persecución,
ya que no se estaba repeliendo una agresión o peligro inminente. Como conse cuencia, la grave situación ocasionada
fue el resultado, al menos negligente, del uso desproporcionado de la f uerza imputable al Estado por el actuar de l os
funcionarios encargados de hacer cumplir la leyCaso Nadege Dorzema
Derecho a la libertad y auto-determinación en el ámbito sexual reproductivo
caso Artavi a Murillo
in vitro en ese país.
“[…] éste incluye un concepto de libertad en un sentido ex tenso como la capacidad de hacer y no hacer todo lo
que esté lícitamente permitido. En otras palabras, cons tituye el derecho de toda persona de organizar, con arreglo a la
ley, su vida individual y social conforme a sus propias opciones y conviccionesCaso Artavia Murillo, párr.1 42)
caso Atala Rio20 […] el concepto de libertad y la posibilidad de todo
ser humano de auto-determinars e y escoger libremente las opciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia, conforme a
sus propias opciones y conviccionesCaso Artavia Murillo, párr. 142)
“
tomado: la de intentar tener hijos por medio de la FIV. La Corte precisa que la injerencia en el presente caso no se
encuentra relacionada con el hecho de que las familias hayan o no pod ido tener hijos, pues aún si hubieran podido
acceder a la técnica de la FIV, no es posible determinar si dicho objetivo se hubiera podido a lcanzar, por lo que la
injerencia se circunscribe a la posibilidad de tomar una decisión au tónoma sobre el tipo de tratamientos que querían
. (Caso Art avia Murillo, párr. 161)
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