Crisis matrimoniales internacionales y prestaciones alimenticias entre cónyuges

AuthorRafael Arenas García
Pages298-301

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Álvarez González, S.: Crisis matrimoniales internacionales y prestaciones alimenticias entre cónyuges, Madrid, Civitas, 1996, 332 páginas.

  1. El largo lapso de tiempo que separa la publicación de la obra que comentamos y la redacción de esta reseña permite que ésta obvie la en otros casos necesaria tarea de presentar la novedad editorial a su potencial público. En los cuatro años transcurridos desde su aparición la obra de S. Álvarez González ha sido ya leída, consultada, utilizada y citada por quienes han tenido contacto con alguna de las materias de las que se ocupa esta monografía. No se trata por tanto de aventurar -como resulta habitual en las reseñas- la importancia que tendrá la obra en los trabajos futuros sobre la materia de referencia ya que su transcendencia ya ha sido probada de una forma suficiente; intentaremos, por tanto, aquí explicitar las causas de la buena acogida que esta monografía ha tenido en la doctrina española.

  2. La elección del tema es, sin duda, uno de los condicionantes del eco de la obra que comentamos. Los alimentos es un tema clásico en el DIPr., objeto de un prolijo tratamiento tanto en la doctrina española como en la extranjera, aunque más centrado en los sectores del Derecho aplicable y el reconocimiento y ejecución de decisiones que en lo que se refiere a la competencia judicial internacional y a la cooperación internacional de autoridades. Santiago Álvarez se adentra así en un tema conocido, de una gran importancia práctica; pero a la vez con la conciencia de que será capaz de aportar nueva luz a cuestiones en las que ya se habían detenido reputados especialistas con anterioridad. Para ello limita su estudio a un sector concreto de los alimentos, los alimentos entre cónyuges. Las razones para ello, tal como expone el propio autor en la Introducción de la monografía, son la necesidad de abordar desde el DIPr. de una forma monográfica un problema de una gran importancia práctica en la que se ponían a prueba los principios clásicos en materia alimenticia debido a una rápida evolución social sobre un entramado de regulaciones materiales altamente divergentes en los diferentes Estados. Los alimentos entre cónyuges se presentan así como un perfecto pretexto para repasar algunas cuestiones clave del DIPr. a la luz de la regulación alimenticia, a la vez que son fuente de una problemática práctica necesitada de tratamiento desde nuestra disciplina. Desde un punto de vista material, sin embargo, no puedo resistir la tentación de manifestar mi deseo de que se hubiese abordado también, aunque fuese mínimamente, el tema de los alimentos en las parejas no casadas. Bien es verdad que existen posiciones doctrinales claras que niegan la posibilidad de trasladar a este ámbito las soluciones nacidas en el ámbito matrimonial (cf. S. Sánchez Lorenzo, «Las parejas no casadas ante el Derecho internacional privado», REDI, 1989, vol. XLI, núm. 2, pp. 487-531, esp. pp. 509 y 523; P. Domínguez Lozano, «La determinación de la ley aplicable a las obligaciones de alimentos en el Derecho internacional privado español», ibid., pp. 433-485, p. 445, n. núm. 28); pero la importancia actual de esta cuestión, unida a la magnitud de la carga valorativa que plantea

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    creo que hubiesen permitido un enriquecimiento (por vía de complicación) de ese entramado de intereses en ocasiones contradictorios que se observa en esta materia y de la que se hace eco el autor en las primeras páginas de la monografía. Casi idénticos argumentos me atrevería a emplear para reclamar un mayor tratamiento de la cuestión de los alimentos en los casos de matrimonios poligámicos. La solución formal de remitir el problema a una cuestión previa matrimonial es casi irrefutable; pero la admiración que siento hacia el autor creo que me legitiman para desear un pronunciamiento suyo sobre...

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