El cometido social del derecho urbano

AuthorAdriana Taller
PositionProfesora Titular por Concurso Público Nacional de la Asignatura de Derecho Administrativo, Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, UNR (Rosario, Argentina)
Pages37-61
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Revista Eurolatinoamericana
de Derecho Administrativo
ISSN 2362-583X
El cometido social del derecho urbano
The social role of urban law
ADRIANA TALLER*
Universidad Nacional de Rosario (Argentina)
ataller@sede.unr.edu.ar
Recibido el/Received: 03.11.2016 / November 3rd, 2016
Aprobado el/Approved: 28.12.2016 / December 12th, 2016
“En este tiempo la lucha de clases ha cedido su lugar a la lucha por el espacio urbano”
Oliver Mongin
“Las ciudades están hechas de piedras, normas y personas”
Joan Clos
At this time the class struggle has given way to the struggle for urban space
Oliver Mongin
“Cities are made of stones, norms and people”
Joan Clos
DOI: www.dx.doi.org/10.14409/rr.v3i2.7118
Como citar este artículo | How to cite this article: TALLER, Adriana. El cometido social del derecho urbano. Revista
Eurolatinoamericana de Derecho Administrativo, Santa Fe, vol. 3, n. 2, p. 37-61, jul./dic. 2016. DOI:10.14409/rr.v3i2.7118
* Profesora Titular por Concurso Público Nacional de la Asignatura de Derecho Administrativo – Facultad de Derecho de
la Universidad Nacional de Rosario – UNR (Rosario, Argentina). Directora de la Carrera de Especialización en Derecho
Administrativo de la UNR. Directora del Centro de Investigaciones de la Facultad de Derecho de la UNR. Abogada Especializada
en la Magistratura. Magister en Asesoramiento Jurídico de Empresas - Universidad Austral Argentina. Investigadora Categoría III
del Programa de Incentivos del Ministerio de Educación de la Nación Argentina. E-mail: a.taller@hotmail.com
Resumen:
Las ideas expuestas en este trabajo tienen por objeto
reexionar sobre el cometido, la incumbencia, o en tér-
minos de la Real Academia Española la obligación moral
del derecho urbano de regular el ordenamiento de la ciu-
dad procurando su desarrollo equilibrado, sustentable y
en equidad, evitando la marginalidad, la segregación y
la exclusión. Para ello las autoridades deben evitar que
la urbanización sea una expresión territorial de un orden
urbanístico excluyente y predatorio. El ejercicio regular
de la potestad de planeamiento debe promover el de-
recho a la urbanización, como un derecho de incidencia
Abstract:
The ideas presented in this paper are intended to reect
on the role, responsibility or, in terms of the Royal Spanish
Academy, the moral obligation of urban law to regulate
the city’s ordering its balanced, sustainable development
and equity, avoiding the marginalization, segregation and
exclusion. To this end, the authorities must prevent urba-
nization from being a territorial expression of an exclusive
and predatory urban order. The regular exercise of planning
power must promote the right to urbanization, as a right of
collective action, a corollary of the right to a decent habi-
tat, consist in the progressive satisfaction of the urban and
R  E    D  A  , Santa Fe, vol. 3, n. 2 , p. 37-61, jul./dic. 2016. 37
Revi sta Eurolat inoamer icana de Der echo Adminis trati vo, Santa Fe, vol. 3, n. 2 , p. 37-61, jul./dic. 2016.
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Adri ana Talle r
Sumario:
1. Introducción. 2. Derecho a la urbanización como derecho humano fundamental.
2.1.1 La triada gobierno-planicación-participación de la ciudadanía. 2.2 Un modelo
de urbanización posible. 2.3 El derecho a la urbanización como derecho de inciden-
cia colectiva. 2.3.1 Derechos individuales (o derechos subjetivos). 2.3.2. Derecho de
incidencia colectiva. 2.3.2.1. Derechos de incidencia colectiva que tienen por objeto
bienes colectivos. 2.3.2.2 Derechos de incidencia colectiva referente a intereses indivi-
duales homogéneos. 3. Referencias.
1. Introducción
El Derecho urbano1 ha tenido distinto contenido y trascendencia, según el mo-
mento histórico, socio, económico y cultural en que se ha desarrollado. No obstante
1 El derecho urbano adquiere cada vez más importancia cuando advertimos que vivimos en un mundo de
ciudades y las proyecciones muestran que esta tendencia se acentúa. Según las previsiones realizadas la tasa
de urbanización en el mundo llegará a 65% en el 2050. En la actualidad 300 conurbaciones han accedido a
la categoría de urbes millonarias y se espera 650 en el 2025 (FNUAP, 1991 a y b). Un número considerable
de estas ciudades supera los 10 millones de habitantes y los primeros lugares pasan a ser ocupados por
mega-ciudades como Ciudad de México y San Pablo en Brasil. Actualmente la población urbana de América
Latina supera el 75%. El crecimiento se produce a través de diferentes modalidades. La ciudad compacta da
paso a una expansión descontrolada hacia la periferia, ocupando zonas propensas a amenazas naturales y
aumentando la vulnerabilidad frente a riesgos naturales y tecnológicos. Aparecen dicultades para la provisión
de infraestructuras y equipamientos, lo que provoca además un aumento de las externalidades y costos de
urbanización. Surgen nuevas tipologías urbanas y los llamados artefactos urbanos, grandes megaproyectos
inmobiliarios comerciales y residenciales que producen un fraccionamiento del tejido urbano con la
consecuente disminución del espacio público y un mayor deterioro de las condiciones de seguridad y calidad
de vida de la población. GUDIÑO, María Elina. Del urbanismo reglamentario a las nuevas concepciones de
ordenamiento territorial. Scripta Nova Revista Electrónica de Geografía y Ciencias Sociales Universidad
de Barcelona, ISSN: 1138-9788, Depósito Legal: B. 21.741-98, v. XIV, nº331 (25), agosto. 2010.
colectiva, corolario del derecho al hábitat digno, con-
sisten en la satisfacción progresiva de las necesidades
urbanas y habitacionales de las personas de la ciudad,
especialmente de quienes no logran resolverlas con re-
cursos propios. En los procesos de urbanización deben
tender a satisfacer de manera progresiva el derecho a vi-
vir dignamente en suelo servido o urbanizado, como co-
rolario del respeto por parte de las autoridades públicas
del derecho humano a la ciudad, consistente en el uso y
goce de estas dentro de los principios de sostenibilidad,
democracia, equidad y justicia social, y de la observancia
de principios rectores como la función social de la pro-
piedad, la gestión democrática de la ciudad y del acceso
al suelo.
Palabras claves: derecho urbano; derecho a la ciudad;
urbanización; planicación; participación ciudadana.
housing needs of the people of the city, especially who can
not solve them with their own resources. In urbanization
processes, they should tend to progressively satisfy the right
to live in dignity on served or urbanized land, as a corollary
of the respect by the public authorities of the human right
to the city, consisting in the use and enjoyment of these wi-
thin the principles of sustainability, democracy, equity and
social justice, and the observance of guiding principles such
as the social function of property, democratic management
of the city and access to land.
Keywords: urban law; right to the city; urbanization; plan-
ning; citizen participation.

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