Caso N° 268 Tribunal Constitucional (Camba Campo y Otros) vs. Ecuador

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CASO N° 268
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (CAMBA CAMPO Y OTROS) VS. ECUADOR
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Fecha de Sentencia: 28 de agosto de 2013
Víctimas: Camba Campos y otros
Estado parte: Ecuador
Caso completo en:
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_268_esp.pdf
El contexto del presente caso se relaciona con los ceses del Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo Electoral
y la Corte Suprema de Justicia del Ecuador, los cuales ocurrieron en noviembre y diciembre de 2004. Dichos ceses fueron
impulsados por el Congreso Nacional. El presente caso se concentra en el cese de los vocales del Tribunal Constitucional, así
como el juicio político que se llevó a cabo en contra de algunos de los vocales.
El 23 de noviembre de 2004, el Presidente de la República, Lucio Gutiérrez, anunció el propósito del gobierno de impulsar
en el Congreso la reorganización del Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo Electoral y la Corte Suprema de Justicia.
En este contexto, el 25 de noviembre de 2004, se instaló en el Congreso Nacional una sesión para discutir diversos asuntos
relacionados con el funcionamiento del Congreso Nacional. Sin embargo, pese a no estar en tabla del día, se levantó una
moción para someter a debate el cese de los vocales del Tribunal Constitucional por la presunta ilegalidad de su nombramiento,
ocurrido el 19 de marzo de 2003. Es así como el Congreso Nacional, mediante la Resolución R-25-160 de 25 de noviembre de
2004, declaró que los vocales principales y suplentes del Tribunal Constitucional fueron designados en forma ilegal y cesó en
sus funciones a todos sus vocales. Las y los 18 vocales del Tribunal Constitucional (9 vocales principales y 9 vocales suplentes),
entre estos las víctimas del presente caso, fueron cesados en sus funciones, designándose ese mismo día a los nuevos vocales
del Tribunal Constitucional.
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sesión en que se discutiría su cese, ni escuchados durante ésta. Posteriormente, en el mes de diciembre de 2004, se iniciaron
juicios políticos contra los vocales del Tribunal Constitucional. Los juicios políticos contra los vocales del Tribunal Constitucional
fueron iniciados por algunos congresistas, en virtud de la oposición que algunos miembros del Tribunal Constitucional habrían
manifestado en contra de dos decisiones adoptadas por dicho órgano. Una de ellas relacionada con un “décimo cuarto sueldo”
y la otra respecto a un sistema de asignación de escaños electorales, conocido como “método D`Hondt”.
Por su parte, el nuevo Tribunal Constitucional, nombrado el 25 de noviembre de 2004, emitió una decisión que impedía a
los jueces de instancia aceptar el trámite de acciones de amparo constitucional en contra de la Resolución Parlamentaria R-25-
160, adoptada por el Congreso Nacional el 25 de noviembre de 2004. Esto tuvo como consecuencia que fueran rechazados,
por distintos Juzgados, los recursos de amparo interpuestos por algunos vocales del Tribunal Constitucional en contra de la
decisión del Congreso que los cesó en sus funciones.
El 26 de abril de 2005 se dejó sin efecto la Resolución Parlamentaria por la que se nombró el nuevo Tribunal Constitucional
pero no se estableció la reincorporación de las y los vocales que habían sido destituidos. Desde 2004, el Tribunal Constitucional
ha tenido cuatro conformaciones distintas.
Después de lo ocurrido el 26 de abril de 2005, es decir, con casi un año de receso, se eligió, en 2006, a un nuevo
Tribunal, el cual fue destituido en 2007 para dar paso a la última conformación del Tribunal Constitucional. Mediante resolución
parlamentaria, aprobada el 24 de abril de 2007, el Congreso Nacional removió a las y los magistrados del Tribunal Constitucional
de Ecuador, nombrados en febrero de 2006, tras haber estado vacante por 10 meses, luego de la remoción, en abril del 2005,
de los miembros anteriores.
El 30 de noviembre de 2007, se convocó a la Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de redactar una nueva
Constitución de la República de Ecuador. La Asamblea Nacional Constituyente eliminó la institución del Tribunal Constitucional
e instauró la Corte Constitucional.
El 28 de noviembre de 2011, la Comisión Interamericana sometió el caso a la jurisdicción de la Corte. La Corte
Interamericana declaró que el Estado de Ecuador era responsable por la violación del artículo 8.1, las partes pertinentes del
artículo 8.2 y el artículo 8.4 en relación con el artículo 1.1 de la Convención Americana, en perjuicio de las ocho víctimas del
presente caso; asimismo indicó que el Estado es responsable por la violación del artículo 8.1 en relación con el artículo 23.1.c
y el artículo 1.1 de la Convención Americana, en perjuicio de las víctimas y; por último, que el Estado es responsable por la
violación del artículo 25.1 en relación con el artículo 1.1 de la Convención Americana, en perjuicio de las víctimas.

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