Teijo García, C., Organizaciones Internacionales No Gubernamentales y Derecho Internacional

AuthorLaura Huici Sancho
Pages660-661

Page 660

Teijo García, C., Organizaciones Internacionales No Gubernamentales y Derecho Internacional, Madrid, Dilex, 2005, 257pp.

Esta monografía del profesor C. Teijo constituye un excelente estudio de especial interés en el contexto de la creciente incidencia de las Organizaciones internacionales no Gubernamentales (OING) en la Sociedad internacional contemporánea y, en particular, en el sistema jurídico internacional. Partiendo de una delimitación detallada del concepto de OING, el autor examina el papel que éstas juegan en los procesos de creación y aplicación de las normas internacionales, así como, su participación en determinados foros internacionales para, sobre esta base, plantear la polémica cuestión de su subjetividad jurídica internacional. Desde estas diferentes perspectivas y a lo largo de cinco capítulos, el análisis realizado pone de manifiesto las dificultades que plantea la calificación jurídico-internacional de las OING.

La definición del concepto de OING es el primer obstáculo al que se enfrenta cualquier estudio en esta materia. Frente a la vaguedad y amplitud en las que ha venido desarrollándose este fenómeno, C. Teijo realiza un examen pormenorizado de las características que, desde los puntos de vista jurídico y sociológico, pueden considerarse intrínsecas al mismo. Se delimita así el objeto de estudio en torno a aquellas Organizaciones que se constituyen como una estructura privada, creada conforme al Derecho interno de un Estado, que reúne a personas privadas o públicas, físicas o jurídicas, que son nacionales de dos o más Estados con el objetivo de perseguir sin ánimo de lucro la consecución de un interés lícito de carácter colectivo en al menos otro Estado distinto de aquel en el que ha sido constituida. Esta noción de OING tiene la virtud de exigir una dimensión internacional en su composición y objetivos, sin introducir limitaciones excesivas que disminuyan su utilidad práctica. Por lo demás, cabe resaltar que, como destaca el autor, el surgimiento y proliferación de OING deben entenderse ligados al reconocimiento del derecho a la libertad de asociación, constituyendo un fenómeno que, pese a tener naturaleza universal, está especialmente extendido entre los habitantes de los países angloeuropeos, ricos en recursos, técnicamente desarrollados y con sólidas democracias.

La segunda parte de la monografía se dedica al análisis de las relaciones entre las OING y el sistema jurídico internacional. En estas...

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