Gallant, E., Responsabilité parentale et protection des enfants en droit international privé

AuthorCristina González Beilfuss
Pages634-636

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Gallant, E., Responsabilité parentale et protection des enfants en droit international privé, Paris, Defrenois, 2004, 440 pp.

  1. El trabajo que se reseña corresponde a una tesis doctoral dirigida por el Prof. Paul Lagarde que la autora defendió en enero del 2000. Debe haber sido en gran medida la rápida sucesión de instrumentos normativos en materia de responsabilidad parental en el ámbito comunitario una de las razones que explica que la publicación de dicho trabajo se haya demorado tanto en el tiempo. La tesis probablemente se elaboró cuando nada hacía presagiar que la Unión Europea iba a legislar horizontalmente en materia de responsabilidad parental. Las principales novedades que se vislumbraban en el horizonte de finales de los noventa eran la ratificación por parte de algunos Estados europeos del Convenio de La Haya de 1996 en materia de protección de menores, del que el director de la tesis fue relator, y la entrada en vigor del denominado Convenio de Bruselas II, que se ocupaba de la responsabilidad parental de una manera tangencial y había sido tenido en cuenta durante la elaboración del Convenio. Pero en el primer quinquenio del S. xxi los acontecimientos se precipitaron. La Comunidad europea adquirió competencia legislativa en materia de DIPr. El Convenio de Bruselas II se transformó en un Reglamento (Bruse- Page 635 las II) que fue posteriormente sustituido por otro Reglamento (Bruselas II bis) que se ocupa ya de la responsabilidad parental con carácter principal. Como consecuencia el principal instrumento normativo en la materia es actualmente el denominado Reglamento Bruselas II bis que fue promulgado en noviembre de 2003, entró en vigor el 1 de agosto de 2004 y es plenamente aplicable desde el 1 de marzo de 2005 en todos los Estados miembros a excepción de Dinamarca. Frente a dicho instrumento es menor la importancia del Convenio de La Haya del 96, aunque solo sea porque el debate en torno a las competencias externas ha retrasado su ratificación y entrada en vigor en la mayoría de Estados miembros.

  2. La monografía de Estelle Gallart consta de tres partes diferenciadas que se dividen en dos capítulos cada una. La primera parte (Partie préliminaire) lleva por título: La determinación del sistema de reglas aplicable. En el primer Capítulo de esta parte se intenta delimitar si deben aplicarse las reglas convencionales (sic) o las de DIPr autónomo. Para ello se delimitan los ámbitos de aplicación rationae materiae,...

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