Decisión del Panel Administrativo nº DES2018-0027 of WIPO Arbitration and Mediation Center, October 26, 2018 (case Wenger S.A. v. The Biz Point S.L.)

Resolution DateOctober 26, 2018
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer, cancellation in part
DominioEspaña (.es)

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

DECISIÓN DEL EXPERTO

Wenger S.A. c. The Biz Point S.L.

Caso No. DES2018-0027

1. Las Partes

La Demandante es Wenger S.A., con domicilio en Delémont, Suiza, representada por Durán-Corretjer, S.L.P., España.

El Demandado es The Biz Point S.L., con domicilio en Madrid, España.

2. El Nombre de Dominio y el Registrador

La Demanda tiene como objeto el nombre de dominio [wenger.es] (el “nombre de dominio en disputa”).

El Registro del nombre de dominio en disputa es Red.es. El Agente Registrador del nombre de dominio en disputa es 1&1 Internet.

3. Iter Procedimental

La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro”) el 10 de agosto de 2018. El 13 de agosto de 2018, el Centro envió a Red.es por correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 14 de agosto de 2018, Red.es envió al Centro por correo electrónico, su respuesta confirmando que el Demandado es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto del contacto administrativo, técnico y de facturación.

El Centro verificó que la Demanda cumplía los requisitos formales del Reglamento del procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos para nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (“.ES”) (el Reglamento).

De conformidad con los artículos 7a) y 15a) del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda al Demandado, dando comienzo al procedimiento el 16 de agosto de 2018. De conformidad con el artículo 16a) del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 5 de septiembre de 2018. El contacto administrativo del nombre de dominio en disputa presentó varios correos electrónicos al Centro en fechas 31 de agosto y 11 de septiembre de 2018. El Centro notificó a las Partes el 11 de septiembre de 2018 que el Centro procederá con el nombramiento del grupo administrativo de expertos.

El Centro nombró a Luis Miguel Beneyto García-Reyes como Experto el día 17 de septiembre de 2018, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con artículo 5 del Reglamento. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

4. Antecedentes de Hecho

A los efectos de este procedimiento son de tener en cuenta los siguientes hechos no controvertidos:

- La Demandante, Wenger S.A es una entidad suiza constituida en 1893 como fábrica de cuchillos, ampliando a sus actividades la fabricación de relojes de equipaje en 1997, para continuar desarrollando ambas líneas de productos.

- La Demandante es titular de numerosos registros de marca, entre los que se halla el registro de marca internacional designando la Unión Europea No. 976781 WENGER que protege productos de las clases 8 y 14 entre otras, que tiene prioridad y fecha de registro de 3 de junio de 2008.

- El nombre de dominio en disputa fue registrado con fecha 18 de marzo de 2010. De conformidad con la documentación aportada junto a la Demanda, el nombre de dominio en disputa resolvía en fecha 7 de diciembre de 2016 a un sitio web en la cual se ofrecían a la venta relojes identificados bajo la marca WENGER. En la actualidad, el nombre de dominio en disputa muestra un sitio web reproduciendo la marca WENGER, el cual se indica que el sitio web se halla temporalmente fuera de servicio.

- Parecería que a partir del 1 de julio de 2007, el Demandado se constituyó en...

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