La Superintendencia de Notariado y Registro expidió las Resoluciones No. 3130 y 3133 del 24 de marzo de 2020

AuthorJuan Carlos Rocha
PositionSocio de PPU experto en Derecho Corporativo-M&A e Inmobiliario

En el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y la orden de aislamiento preventivo obligatorio de todos los habitantes del país para hacer frente a la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 declarado por el Presidente de la República mediante los Decretos 417 y 457 de marzo de 2020, la Superintendencia de Notariado y Registro expidió las Resoluciones 3130 y 3133 del 24 de marzo de 2020 mediante las cuales determina respectivamente:

(i) Suspender todos los trámites, procedimientos, actuaciones administrativas y disciplinarias, y procesos registrales que se encuentren en curso ante las dependencias de la Superintendencia de Notariado y Registro, incluyendo las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país, desde el martes 24 de marzo de 2020 hasta las cero horas (00:00 a.m.) del 13 de abril de 2020. Como consecuencia de dicha suspensión, durante el mismo tiempo no habrá atención al público en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos.

(ii) Fijar el horario de 10 a.m. a 1:00 p.m. para la prestación del servicio público notarial mientras subsista la medida de aislamiento preventivo obligatorio, de acuerdo con los turnos señalados en la resolución 3133 para cada una de las notarías del país.

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