Decisión del Panel Administrativo nº DES2011-0011 of WIPO Arbitration and Mediation Center, May 09, 2011 (case Sundance Enterprises Inc. v. Global Movies and Entertainment, S.L.)

Resolution DateMay 09, 2011
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer
DominioEspaña (.es)

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

DECISIÓN DEL EXPERTO

Sundance Enterprises Inc. v. Global Movies and Entertainment, S.L.

CASO No. DES2011-0011

1. Las Partes

La Demandante es Sundance Enterprises Inc., con domicilio en Utah, Estados Unidos de América, representada por González-Bueno & Illescas, España.

El Demandado es Global Movies and Entertainment, S.L., con domicilio en Madrid, España.

2. El Nombre de Dominio y el Registrador

La Demanda tiene como objeto el nombre de dominio [sundancechannel.es].

El registrador del citado nombre de dominio es ESNIC.

3. Iter Procedimental

La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro”) el 10 de marzo de 2011. El 10 de marzo de 2011, el Centro envió a ESNIC vía correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 10 de marzo de 2011, ESNIC envió al Centro vía correo electrónico, su respuesta confirmando que el Demandado es la entidad que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto de los contactos administrativo, técnico y de facturación. El Centro verificó que la Demanda cumplía los requisitos formales del Reglamento del procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos para nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (“.ES”) (el Reglamento).

De conformidad con los artículos 7a) y 15a) del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda al Demandado, dando comienzo al procedimiento el 18 de marzo de 2011. De conformidad con el artículo 16a) del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 7 de abril de 2011. El Demandado no contestó a la Demanda. Por consiguiente, el Centro notificó al Demandado su falta de personación y ausencia de contestación a la Demanda el 8 de abril de 2011.

El Centro nombró a María Baylos Morales como Experto el día 26 de abril de 2011, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con artículo 5 del Reglamento. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

4. Antecedentes de Hecho

La Demandada es titular de la marca española denominativa nº 2009064, SUNDANCE CHANNEL, solicitada el 1 de abril de 1996 y marcas comunitarias nº 0076802, SUNDANCE, solicitada el 1 de abril de 1996; nº 0465682, SUNDANCE FILM FESTIVAL, solicitada el 17 de febrero de 1997 y nº 1010867, SUNDANCE, solicitada el 7 de diciembre de 1998. Todas las marcas están en vigor en la actualidad.

El Demandado es titular del nombre de domino [sundance channel.es] registrado el 27 de septiembre de 2010.

El Demandado no ha contestado a la Demanda, a pesar de haber sido debidamente notificado.

5. Alegaciones de las Partes

A. Demandante

La Demandante resumidamente alega lo siguiente:

Es titular de numerosos registros de marca en todo el mundo, destacando, a los efectos de este procedimiento, los registros de una marca nacional española y tres comunitarias, reseñados en los Antecedentes de Hecho.

Entre la marca española SUNDANCE CHANNEL de la que es titular la Demandante y el nombre de dominio [sundancechannel.es] existe total identidad, lo que producirá confusión entre las marcas renombradas SUNDANCE y el nombre de dominio.

La Demandante informa al consumidor a través de su Web principal [sundancechannel.com], lo que tiene la trascendencia de que el consumidor español que quiera acceder al representante en España de la Demandante, intentará hacerlo a través del nombre de dominio español [sundancechannel.es]

La Demandante es titular de diversos nombres de dominio compuestos por la marca SUNDANCE.

El origen de la Demandante se encuentra en la iniciativa que tuvo Robert Redford en 1981 de reunir un grupo de amigos y colegas en las montañas de Utah para crear un ambiente...

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