Resolution nº S/RES/1672 (2006) of the United Nations Security Council
Issuer | Security Council of the United Nation |
Naciones Unidas
S
/RES/1672 (2006)
Consejo de Seguridad
Distr. general
25 de abril de 2006
06-32680 (S)
*0632680*
Resolución 1672 (2006)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5423
a
sesión,
celebrada el 25 de abril de 2006
El Consejo de Seguridad
,
Recordando
sus resoluciones anteriores sobre la situación en el Sudán, en par-
ticular las resoluciones 1665 (2006), de 29 de marzo de 2006, 1651 (2005), de 21 de
diciembre de 2005, 1591 (2005), de 29 de marzo de 2005, y 1556 (2004), de 30 de
julio de 2004, así como las declaraciones de su Presidente relativas al Sudán,
Subrayando nuevamente
su firme compromiso con la causa de la paz en todo
el Sudán, incluso mediante las conversaciones de paz intersudanesas dirigidas por la
Unión Africana en Abuja (Nigeria) (“conversaciones de Abuja”), el pleno cumpli-
miento del Acuerdo General de Paz de 9 de enero de 2005 y el fin de la violencia y
las atrocidades en Darfur,
Habiendo determinado
que la situación en el Sudán sigue constituyendo una
amenaza a la paz y la seguridad internacionales en la región,
Actuando
en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,
1.
Decide
que todos los Estados deberán adoptar las medidas estipuladas en
el párrafo 3 de la resolución 1591 (2005) con respecto a las siguientes personas:
– General de División Gaffar Mohamed Elhassan (Comandante de la Región Mi-
litar Occidental de las Fuerzas Armadas del Sudán)
– Jeque Musa Hilal (Jefe Supremo de la Tribu Jalul de Darfur septentrional)
– Adam Yacub Shant (Comandante del Ejército de Liberación del Sudán)
– Gabril Abdul Kareem Badri (Comandante del Movimiento Nacional pro
Reforma y Desarrollo)
2.
Decide
seguir ocupándose de la cuestión.
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