A/RES/71/257. Resolution of the United Nations General Assembly, 2016

Year2016
Resolution NumberA/RES/71/257
Session71st
IssuerGeneral Assembly of the United Nation
Naciones Unidas
A/RES/71/257
Asamblea General
Distr. general
20 de febrero de 2017
Septuagésimo primer período de sesiones
Tema 73 a) del programa
16-23022 (S)
*1623022*
Resolución aprobada por la Asamblea General el 23 de diciembre de 2016
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/71/L.26 y Add.1)]
71/257. Los océanos y el derecho del mar
La A samblea General ,
Reco rdand o su s resol uciones anua les rela tivas a l derec ho del mar y a l os
océa nos y el derec ho del mar, inc luida la res olución 70/23 5, de 23 de di ciembre
de 2015 , y la s demás resol uciones relati vas a l a Conv ención de las Nacion es Unid as
sobr e el Der echo del Mar (l a Conve nción)
1
,
Reco rdand o tam bién , a ese respe cto, la resolu ción 6 9/292, de 1 9 de jun io
de 2015 , relativ a a la el aboraci ón de un i nstrume nto inte rnaciona l jurídic amente
vinc ulante en el marc o de la Con vención rel ativo a l a cons ervació n y el uso
sost enible de la d iversida d biol ógica marin a de las zona s situa das fu era de la
juris dicción naciona l,
Habi endo examina do e l inf orme del Secretar io G eneral
2
y los infor mes sobre
la la bor del Grup o de Trab ajo Plen ario Esp ecial so bre el P roceso Ordi nario de
Pres entación de In formes y Ev aluació n del E stado del Medio Marino a Es cala
Mund ial, inc luidos l os Aspect os Soci oeconómi cos (el Proceso Ordina rio)
3
y del
Proc eso Abier to de Consulta s Ofici osas de las N aciones Unidas sobre los Océ anos y
el Derecho del Mar (el P roceso de C onsulta s Ofic iosas) en s u 17ª reunión
4
, y sobr e
la co ntinuaci ón de la 2 5ª Reun ión y la 26 ª Reuni ón de los Estad os Parte s en la
Conv ención
5
,
Reco noci endo la eminent e contr ibución de la Convenci ón al f ortaleci miento de
la pa z, la seg uridad, la coope ración y las rela ciones d e amista d entre t odas las
nacio nes, de co nformid ad co n los princ ipios de j usticia e i gualdad de derecho s, así
como a la promoc ión del pro greso eco nómico y s ocial de to dos los pu eblos del
mund o, de con formidad con los p ropósit os y princ ipios de las Nacio nes Unid as
enunc iados en la Ca rta de las Nac iones Unid as, y al desarr ollo soste nible de los
océa nos y lo s mares,
_______________
1
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1834, núm. 31363.
2
A/71/74 y Add.1.
3
A/71/362.
4
A/71/204.
5
SPLOS/293 y SPLOS/303.
Los océanos y el derecho del mar
2/64
Poni endo d e reliev e el car ácter u niversa l y u nitario de la Con vención, y
reafi rmando q ue e n el la s e en uncia el mar co j urídico d entro de l cua l de ben
desar rollars e toda s l as act ividade s en l os océ anos y l os mar es, que revis te
impo rtancia estraté gica c omo ba se de las ac tividad es y l a coop eración en lo s plano s
nacio nal, regi onal y mund ial e n el se ctor mari no, y q ue de be mant enerse su
integ ridad, como reconoci ó tamb ién la Confer encia de las Nacione s Unid as sob re el
Medi o Ambient e y el D esarrol lo en el capítul o 17 de l Progra ma 21
6
,
Obse rvando con satisf acción que en el d ocument o fi nal d e la Confe rencia de
las Nac iones Unid as sobre el Desa rrollo Sost enible, la cu al tuvo lugar en Rí o d e
Jane iro (Br asil) del 20 al 2 2 de j unio de 2012, titula do “El futur o que queremo s”
7
y
que la Asam blea G eneral hizo s uyo en la re solució n 66/ 288, de 27 de julio de 201 2,
los Estados reconoc ieron qu e los o céanos, los mar es y las zonas c osteras cons tituyen
un comp onente int egrado y esen cial del ecosi stema terre stre y son fund amenta les
para mantene rlo, y que e l der echo inte rnaciona l, r eflejado en la Con vención ,
cons tituye el mar co jur ídico d e la c onserva ción y el us o sost enible de los océan os y
sus recurs os, y dest acaron la i mportan cia d e la conser vación y e l uso soste nibl e de
los o céanos y mares y sus r ecursos para el desarro llo sos tenible, en part icular d ebido
a su contri bución a la err adicació n de l a pobre za, el d esarrol lo econó mico so stenido ,
la s eguridad alimen taria y la cre ación d e medio s de v ida sos tenibles y trab ajo
dece nte, así c omo de la prot ección de la d iversida d bi ológica y el me dio marino y
las medidas para ha cer frent e a los efectos del cam bio cli mático,
Reco rdand o q ue, en el d ocument o “El futur o que quere mos”, los Estad os
reca lcaron q ue la particip ación a mplia del púb lico y el acce so a l a infor mación y los
proc edimient os jud iciales y a dminist rativos son esen ciales para promov er el
desar rollo s ostenibl e y que el desa rrollo s ostenibl e req uiere la implic ación ef ectiva y
la pa rticipa ción act iva de las auto ridades l egislati vas y j udiciale s r egionale s,
nacio nales y su bnaciona les, así co mo de todo s los grupo s prin cipales , y que, a este
respe cto, convini eron en co laborar más estrec hamente con los grupos prin cipales y
demá s inter esados y los alenta ron a que p articipa ran activame nte, s egún pr ocedier a,
en los pr ocesos que c ontribu yeran a la adopció n de decisio nes, la plani ficación y l a
aplic ación de po líticas y pr ogramas que foment aran e l desa rrollo sosteni ble a todos
los n iveles,
Acog iendo con benep lácito el docume nto final de la cumbre de las Nacio nes
Unid as p ara la apr obación de la a genda par a el de sarrollo des pués de 201 5,
celeb rada de l 25 al 27 de septiem bre de 2015, titulado “Transfo rmar n uestro mundo:
la Ag enda 2 030 pa ra el Desarr ollo So stenibl e” y aproba do por la Asa mblea General
en s u resolu ción 70 /1, de 2 5 de sep tiembre de 201 5, y, a es e respec to, rea firmando el
comp romiso de co nservar y uti lizar soste niblem ente los océa nos, los mar es y l os
recu rsos ma rinos p ara el desarr ollo so stenible , como se re fleja e n el O bjetivo 14 de l
docu mento fi nal,
Reco nociend o l a impor tante co ntribuc ión del desarr ollo y l a orden ación
sost enibles de los rec ursos y los usos de lo s o céanos y los mare s a l l ogro de los
obje tivos inter naciona les de desa rrollo que figu ran e n la A genda 2030 p ara e l
Desa rrollo S ostenibl e,
_______________
6
Informe d e la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de
Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las
Naciones Unidas, núm. de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1, anexo II.
7
Resolución 66/288, anexo.
Los océanos y el derecho del mar
A/RES/71/257
3/64
Reco rdand o su de cisión d e con vocar a al to n ivel la Co nferenci a de l as
Naci ones Unid as para Apoya r l a Consecu ción del Ob jetivo de D esarroll o
Sostenibl e 14 : Conserv ar y utili zar soste nibleme nte los oc éanos, lo s mares y l os
recu rsos ma rinos pa ra el d esarrollo soste nible, qu e se ce lebrará del 5 al 9 de j unio de
2017 , co incidien do con el Día Mu ndial de l os Océa nos, a fin de a poyar la
cons ecución del Objet ivo de Desa rrollo Sost enible 14
8
, a sí como su resol ución
70/3 03, de 9 de sept iembre d e 2016, relativa a las modalida des de l a Confe rencia,
Reco noci endo lo s párra fos 64 y 65 d e la Age nda de Acción de Addi s Abeba de
la Tercer a Con ferencia Inte rnacion al so bre l a Fina nciació n par a el De sarrollo ,
apro bada en la Confe rencia, que se celebró del 13 a l 16 d e julio de 2015
9
,
Acog iendo con beneplá cito los r esultado s del segu ndo p eríodo de sesione s de
la A samblea de las N acione s Unid as so bre e l Med io Ambi ente d el Pr ograma de l as
Naci ones U nidas para el Me dio Amb iente, en p articula r las resolu ciones relati vas a
los o céanos y lo s mares
10
, la basu ra plást ica y lo s micro plástico s marin os
11
, la
gesti ón s ostenib le d e los arre cifes de c oral
12
y el pap el, las fu nciones y las
moda lidades de la aplicaci ón por el Pro grama d e las Nacione s Unida s para el Med io
Ambi ente de la Traye ctoria de SAM OA como medio p ara fac ilitar l a conse cución de
los O bjetivo s de Des arrollo Sosten ible
13
,
Cons cien te de q ue los pro blemas d el espaci o oceánic o están e strecham ente
relac ionados entre sí y han de exa minarse en co njunto, apl icando un enf oque
integ rado, interdi sciplina rio e inte rsectori al, y reafi rmando la necesid ad de mej orar
la coop eración y l a coordin ación en lo s planos n acional, r egional y mundial, d e
confo rmidad con la Convenci ón, p ara a poyar y co mplemen tar la labo r de cada uno
de l os Esta dos en l a promo ción de la apl icación y la ob servanc ia de l a Conve nción y
la or denació n integr ada y e l desarr ollo sos tenible de los o céanos y los ma res,
Reit erand o la ne cesidad esenc ial de que exista coope ración, por medios como
la creación de capacida d y la tra nsferenc ia de tecnol ogía ma rina, a fin de q ue tod os
los Estado s, esp ecialmen te lo s país es en desarr ollo y en p articula r los países meno s
adela ntados, los países en d esarrol lo sin litora l y los p equeños Estad os ins ulares en
desar rollo, as í como los E stados rib ereños d e África, p uedan a la ve z aplicar l a
Conv ención y be neficiar se de l des arrollo soste nible de los océa nos y los mares, así
como pa rticipar pl enamente en lo s fo ros y p rocesos mu ndiales y regi onales sobr e
asun tos rela cionado s con lo s océan os y el derecho del ma r, y rec onociend o al mi smo
tiemp o l a ne cesidad de abord ar l as d ificult ades particu lares a que se e nfrentan los
país es en de sarrollo de ingr esos me dianos,
Poni endo de relie ve la nec esidad de hac er que las orga nizacion es
inter naciona les co mpetente s esté n en mejor es con diciones de contr ibuir, e n los
plan os mund ial, reg ional, s ubregio nal y b ilateral, median te prog ramas d e
coop eración con los Go biernos, al des arrollo de la capaci dad nacio nal e n c iencias
del mar y la ordenac ión sos tenible de los o céanos y sus re cursos,
_______________
8
Resolución 70/226.
9
Resolución 69/313, anexo.
10
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo primer período de sesiones,
Suplemento núm. 25 (A/71/25), anexo, resolución 2/10.
11
Ibid., resolución 2/11.
12
Ibid., resolución 2/12.
13
Ibid., resolución 2/4.

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