A/RES/69/212. Resolution of the United Nations General Assembly, 2014

Resolution NumberA/RES/69/212
Session69th
IssuerGeneral Assembly of the United Nation
Naciones Unidas A/RES/69/212
Asamblea General Distr. general
28 de enero de 2015
Sexagésimo noveno período de sesiones
Tema 19 del programa
14-67774 (S)
*1467774*
Se ruega reciclar
Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2014
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/69/468 y Corr.1)]
69/212. Marea negra en la costa libanesa
La Asamblea General
,
Recordando
sus resoluciones 61/194, de 20 de diciembre de 2006, 62/188,
de 19 de diciembre de 2007, 63/211, de 19 de diciembre de 2008, 64/195, de 21 de
diciembre de 2009, 65/147, de 20 de diciembre de 2010, 66/192, de 22 de diciembre
de 2011, 67/201, de 21 de diciembre de 2012, y 68/206, de 20 de diciembre de 2013,
relativas a la marea negra en la costa libanesa,
Reafirmando
el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Medio Humano, especialmente el principio 7 de la Declaración de la
Conferencia
1
, en el que se solicitaba a los Estados que tomaran todas las medidas
posibles para impedir la contaminación de los mares,
Poniendo de relieve
la necesidad de proteger y preservar el medio marino de
conformidad con el derecho internacional,
Teniendo en cuenta
la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo, de 1992
2
, especialmente el principio 16, según el cual el que contamina
debe, en principio, cargar con los costos de la contaminación, y teniendo en cuenta
asimismo el capítulo 17 del Programa 21
3
,
Observando con gran preocupación
el desastre ecológico causado por la
destrucción por la fuerza aérea israelí, el 15 de julio de 2006, de los tanques de
almacenamiento de petróleo en la proximidad inmediata de la central eléctrica de
Yiya en el Líbano, que tuvo como consecuencia una marea negra que cubrió la
totalidad de la costa libanesa, se extendió a la costa siria y dificultó los esfuerzos
por alcanzar un desarrollo sostenible, como ya se resaltó en las resoluciones de la
Asamblea General 61/194, 62/188, 63/211, 64/195, 65/147, 66/192, 67/201
y 68/206,
_______________
1 Véase Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, Estocolmo, 5 a 16 de
junio de 1972 (A/CONF.48/14/Rev.1), primera parte, cap. I.
2 Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de
Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las
Naciones Unidas, núm. de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1, anexo I.
3 Ibid., anexo II.

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