A/RES/67/234 A. Resolution of the United Nations General Assembly, 2012

Resolution NumberA/RES/67/234 A
Year2012
Session67th
IssuerGeneral Assembly of the United Nation
Naciones Unidas A/RES/67/234
Asamblea General Distr. general
4 de enero de 2013
Sexagésimo séptimo período de sesiones
Tema 94 del programa
12-49267 (s)
*1249267*
Se ruega reciclar
Resolución aprobada por la Asamblea General el 24 de diciembre de 2012
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/67/409)]
67/234. El tratado sobre el comercio de armas
La Asamblea General
,
Guiada
por los propósitos y principios consagrados en la Carta de las
Naciones Unidas y reafirmando su respeto y adhesión al derecho internacional,
Recordando
sus resoluciones 46/36 L, de 9 de diciembre de 1991, 51/45 N,
de 10 de diciembre de 1996, 51/47 B, de 10 de diciembre de 1996, 56/24 V, de 24 de
diciembre de 2001, 60/69 y 60/82, de 8 de diciembre de 2005, 61/89, de 6 de
diciembre de 2006, 63/240, de 24 de diciembre de 2008, y 64/48, de 2 de diciembre
de 2009, así como su decisión 66/518, de 2 de diciembre 2011,
Expresando decepción
por el hecho de que la Conferencia de las Naciones
Unidas relativa al Tratado sobre el Comercio de Armas, celebrada del 2 al 27 de
julio de 2012, no fuera capaz de llevar a cabo su cometido de elaborar un
instrumento jurídicamente vinculante sobre las normas internacionales comunes más
elevadas posibles para la transferencia internacional de armas convencionales,
Observando
que el proyecto de texto del tratado sobre el comercio de armas,
presentado el 26 de julio de 2012 por el Presidente de la Conferencia en el
documento de sesión A/CONF.217/CRP.1, refleja progresos en las negociaciones,
pero teniendo al mismo tiempo presente las peticiones de más tiempo para examinar
dicho documento formuladas por algunos Estados,
Decidida
a aprovechar los progresos realizados hasta la fecha para lograr la
aprobación de un tratado sobre el comercio de armas sólido, equilibrado y eficaz,
1.
Toma conocimiento
del
informe de la Conferencia de las Naciones
Unidas relativa al Tratado sobre el Comercio de Armas que figura en el documento
A/CONF.217/4;
2.
Decide
convocar en Nueva York, del 18 al 28 de marzo de 2013, la
Conferencia Final de las Naciones Unidas relativa al Tratado sobre el Comercio de
Armas, que se regirá por el reglamento, aprobado el 3 de julio de 2012, que figura
en el documento A/CONF.217/L.1, a fin de concluir la elaboración del tratado sobre
el comercio de armas, de manera abierta y transparente, empleando,
mutatis

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