A/RES/64/189. Resolution of the United Nations General Assembly, 2009

Resolution NumberA/RES/64/189
Year2009
Session64th
IssuerGeneral Assembly of the United Nation
Naciones Unidas A/RES/64/189
Asamblea General Distr. general
9 de febrero de 2010
Sexagésimo cuarto período de sesiones
Tema 51 a) del programa
09-47320
*0947320*
Se ruega reciclar
Resolución aprobada por la Asamblea General el 21 de diciembre de 2009
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/64/418/Add.1)]
64/189. Medidas económicas unilaterales como medio
de ejercer presión política y económica sobre
los países en desarrollo
La Asamblea General
,
Recordando
los principios pertinentes enunciados en la Carta de las Naciones
Unidas,
Reafirmando
la Declaración sobre los principios de derecho internacional
referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de
conformidad con la Carta de las Naciones Unidas
1
en la que se establece, entre otras
cosas, que ningún Estado puede aplicar o fomentar el uso de medidas unilaterales
económicas, políticas o de cualquier otra índole para coaccionar a otro Estado a fin
de lograr que subordine el ejercicio de sus derechos soberanos,
Teniendo presentes
los principios generales que han de regir el sistema
comercial internacional y las políticas comerciales para el desarrollo enunciados en
las resoluciones, normas y disposiciones pertinentes de las Naciones Unidas y la
Organización Mundial del Comercio,
Recordando
sus resoluciones 44/215, de 22 de diciembre de 1989, 46/210, de
20 de diciembre de 1991, 48/168, de 21 de diciembre de 1993, 50/96, de 20 de
diciembre de 1995, 52/181, de 18 de diciembre de 1997, 54/200, de 22 de diciembre
de 1999, 56/179, de 21 de diciembre de 2001, 58/198, de 23 de diciembre de 2003,
60/185, de 22 de diciembre de 2005, y 62/183, de 19 de diciembre de 2007,
Profundamente preocupada
por que la aplicación de medidas económicas
coercitivas unilaterales perjudica en particular a las economías de los países en
desarrollo y sus esfuerzos en pro del desarrollo, y tiene un efecto general
desfavorable en la cooperación económica internacional y en los esfuerzos
desplegados en todo el mundo por establecer un sistema comercial multilateral no
discriminatorio y abierto,
_______________
1 Resolución 2625 (XXV), anexo.

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