A/RES/52/220. Resolution of the United Nations General Assembly, 1997

Resolution NumberA/RES/52/220
Year1997
Session52nd
IssuerGeneral Assembly of the United Nation
NACIONES A
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/220
13 de febrero de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 116 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/52/744)]
52/220. Cuestiones relativas al proyecto de presupuesto por programas para el
bienio 1998-1999
I
La Asamblea General,
Reafirmando su resolución 41/213, de 19 de diciembre de 1986, y las resoluciones posteriores
pertinentes,
Recordando su resolución 48/228 A, de 23 de diciembre de 1993,
Recordando también su resolución 45/248 B, de 21 de diciembre de 1990, en la que reafirmó que
la Quinta Comisión es la Comisión Principal de la Asamblea General responsable de las cuestiones
administrativas y presupuestarias,
Recordando asimismo sus resoluciones 45/253, de 21 de diciembre de 1990, 47/214, de 23 de
diciembre de 1992, y 51/219, de 18 de diciembre de 1996,
Recordando su resolución 52/12 A, de 12 de noviembre de 1997, y la resolución conexa 52/12 B,
de 19 de diciembre de 1997,
Reafirmando los mandatos respectivos de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de
Presupuesto y del Comité del Programa y de la Coordinación en relación con el examen del proyecto de
presupuesto por programas,
98-76732 /...
A/RES/52/220
Página 2
Reafirmando también el párrafo 5.2 del Reglamento y Reglamentación Detallada para la planificación
de los programas, los aspectos de programas del presupuesto, la supervisión de la ejecución y los métodos
de evaluación1,
Destacando que es preciso mantener y observar estrictamente los procedimientos normales
establecidos para la formulación, ejecución y aprobación del presupuesto por programas,
Habiendo examinado el proyecto de presupuesto por programas para el bienio 1998-19992, el informe
del Secretario General titulado "Reforma de las Naciones Unidas: medidas y propuestas"3y los informes
conexos de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto y del Comité del
Programa y de la Coordinación,
1. Hace suyas las conclusiones y recomendaciones del Comité del Programa y de la Coordinación
sobre la descripción de los programas del proyecto de presupuesto por programas para el bienio 1998-
1999, contenidas en el informe del Comité4sobre la labor realizada en su 37º período de sesiones y en
la continuación de su 37º período de sesiones, sin perjuicio de las prioridades establecidas por la Asamblea
General y con sujeción a las disposiciones de la presente resolución;
2. Encomia los esfuerzos y las iniciativas del Secretario General que tienen por objeto reformar las
Naciones Unidas;
3. Reitera que las actividades incluidas en el proyecto de presupuesto por programas para el bienio
1998-1999 deben derivarse del plan de mediano plazo para el período 1998-20015, que es la principal
directiva de política de la Organización, teniendo en cuenta el párrafo 4.2 del Reglamento y
Reglamentación Detallada para la planificación de los programas, los aspectos de programas del
presupuesto, la supervisión de la ejecución y los métodos de evaluación1;
4. Subraya que en aras de la transparencia y la rendición de cuentas es esencial establecer
relaciones claras entre los programas aprobados y la entidad responsable de su ejecución;
5. Reafirma su apoyo al mantenimiento del carácter internacional de la Organización y a los
principios de eficiencia, competencia e integridad consagrados en el Artículo 101 de la Carta de las
Naciones Unidas;
1ST/SGB/PPBME Rules/1 (1987).
2Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo segundo período de sesiones,
Suplemento No. 6 y adición (A/52/6/Rev.1 y Add.1).
3A/52/303 y Add.1.
4Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo segundo período de sesiones,
Suplemento No. 16 (A/52/16); e ibíd., Suplemento No. 16 A (A/52/16/Add.1).
5Ibíd., quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento No. 6 y corrección (A/51/6/Rev.1 y
Corr.1).
/...
A/RES/52/220
Página 3
6. Subraya que las propuestas de reforma aprobadas en sus resoluciones 52/12 A y B se aplicarán
con pleno respeto de los mandatos, decisiones y resoluciones pertinentes de la Asamblea General, en
particular el plan de mediano plazo para el período 1998-2001;
7. Destaca el papel de los órganos intergubernamentales competentes en el examen de la
descripción de los programas del proyecto de presupuesto, así como la necesidad de que sus
recomendaciones sobre el presupuesto se presenten de manera oportuna;
8. Hace hincapié en que las propuestas presupuestarias del Secretario General deberían prever
recursos que guardaran relación con los mandatos para que pudieran aplicarse plenamente;
9. Reitera que es necesario que el Secretario General se asegure de que los recursos se utilicen
exclusivamente para los fines aprobados por la Asamblea General;
10. Hace hincapié en la necesidad de que los Estados Miembros proporcionen recursos suficientes
para la plena ejecución de los programas y las actividades establecidos en virtud de mandatos;
11. Reitera que, al preparar el proyecto de presupuesto por programas, el Secretario General debe
respetar plenamente las prioridades establecidas por la Asamblea General;
12. Observa con preocupación la indicación de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos
y de Presupuesto de que no se han presentado justificaciones completas para la reducción de puestos,
como debería hacerse al igual que se hace en el caso de creación de nuevos puestos6;
13. Reafirma que, cuando un puesto quede vacante, se requerirá una justificación adecuada en
función de los programas o del volumen de trabajo para conservarlo, suprimirlo o redistribuirlo;
14. Reafirma también que la aplicación de las medidas de reforma y la reducción de puestos no
deben entrañar separaciones involuntarias del servicio;
15. Observa que algunos de los puestos cuya supresión se ha propuesto no quedarán vacantes hasta
el final del primer año del bienio;
16. Decide que la plantilla de cada año del bienio 1998-1999 sea la que figura en el anexo I.A de
la presente resolución;
17. Observa con preocupación la tendencia a aumentar el número de puestos de categoría superior
y reducir el de puestos de categorías inferiores, que puede limitar las posibilidades de rejuvenecimiento
de la Organización y su capacidad de aplicar plenamente los mandatos aprobados;
18. Subraya que la reducción del número de puestos no debería perjudicar a la plena ejecución de
todos los programas y actividades establecidos en virtud de mandatos;
6Ibíd., quincuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento No. 7 (A/52/7), cap. I, párr. 72.
/...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT