A/RES/48/168. Resolution of the United Nations General Assembly, 1993

Resolution NumberA/RES/48/168
Session48th
IssuerGeneral Assembly of the United Nation
NACIONESNACIONES AA
UNIDASUNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/48/168
22 de febrero de 1994
Cuadragésimo octavo período de sesiones
Tema 91 a) del programa
RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/48/717/Add.2)]
48/168. Medidas económicas como medio de ejercer
coacción política y económica sobre países
en desarrollo
La Asamblea General,
Recordando los principios pertinentes enunciados en la Carta de las
Naciones Unidas,
Reafirmando que ningún Estado puede emplear medidas económicas,
políticas o de ninguna otra índole, ni fomentar el empleo de tales medidas,
con objeto de coaccionar a otro Estado para obtener de él la subordinación del
ejercicio de sus derechos soberanos,
Teniendo presentes los principios generales que han de regir el comercio
internacional y las políticas comerciales para el desarrollo enunciados en
las resoluciones y normas pertinentes de la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre Comercio y Desarrollo y el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y
Comercio,
Reafirmando sus resoluciones 44/215, de 22 de diciembre de 1989, y
46/210, de 20 de diciembre de 1991,
Profundamente preocupada por el hecho de que el uso de medidas
económicas coercitivas afecta desfavorablemente a las economías y las
actividades de desarrollo de los países en desarrollo y tiene un efecto
negativo general en la cooperación económica internacional y en los esfuerzos
/...

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