A/RES/3382(XXX). Resolution of the United Nations General Assembly, 1975

Resolution NumberA/RES/3382(XXX)
Session30th
IssuerGeneral Assembly of the United Nation
Resoluciones aprobadas sobl-e la base de los informes de la Tercern, Comisión 89
do de las ratificaciones de la Convención, de confor-
midad con la resolución 2106 A (XX) de 21 de
diciembre de 1965 de la Asamblea.
3382
2400~. sesz’~Sn plenaria
IO de noviembre de 197.5
(XxX). Importancia de Ia realización univer-
sal del derecho de los pneblos a Ia Iibre deter-
minación y de la rápida concesión de la inde-
pendencia a los países y pueblos coloniaIes para
la garantía y la observancia efectivas de los
deréchos humanos
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 2955 (XXVII) de 12
de diciembre de 1972, 3070 (XXVIII) de 30 de no-
viembre de 1973 y 3246 (Xx1X) de 29 de noviembre
de 1974,
Reafirmando la importancia de la realizaci6n uni-
versal del derecho de los pueblos a la libre determina-
ción, a la soberania nacional y a la integridad territo-
rial, y de la rápida concesi6n de la independencia a
los países y pueblos coloniales como condiciones
indispensables para el disfrute de los derechos huma-
nos,
Celebrando vivamente la independencia de Mozam-
bique, Santo Tomé y Príncipe, Cabo Verde y Papua
Nueva Guinea,
Preocupada por el actual conflicto en Angola,
Preocupada igttalmente por el mantenimiento de la
independencia y la integridad territorial de las
Comoras,
Confiando en que los movimientos nacionalistas
cooperarbn con la Comisión de Investigación, Conci-
liación e Información de la Organización de la Unidad
Africana,
Obscwando con indignacidn las continuas violacio-
nes de los derechos humanos de los pueblos que aún
se encuentran bajo la dominaci6n colanial y extran-
jera y el yugo foraneo, la continuación de la ocupación
ilegal de Namibia y la persistencia de los regímenes de
minorías racistas en Zimbabwe y Sudáfrica,
1. Reafirma la legitimidad de la lucha de los pue-
blos por la independencia, la integridad territorial y la
liberación de la dominación colonial y extranjera y
del yugo fotineo por todos los medios a su alcance,
incluida la lucha armada;
2. Acoge con agrado los esfuerzos de la Comisi6n
de Investigación, Conciliación e Información de la
Organización de la Unidad Africana para resolver
amistosamente el conflicto actual en Angola;
- 3. Rechaza toda injerencia extranjera en los asun-
tos internos de Angola y de las Comoras;
4. Condena las políticas de aquellos miembros de
la Organización del Tratado del Atkíntico del Norte
y de aquellos países cuyas relaciones miIitares, econó-
micas, deportivas o políticas con los regímenes racis-
tas del Africa meridional y de otras partes alientan a
esos regímenes a seguir reprimiendo las aspiraciones
c&lo; pueblos a la libre determinación y la indepen-
.
5. ‘Condena enkgicamente a todos los gobiernos
que no reconocen el derecho a la libre determinacib
y a la independencia de los pueblos que se encuentran
bajo dominación colonial y extranjera y bajo el yugo
foráneo, en particular los pueblos de Africa y el
pueblo palestino;
6. Exige el pleno respeto de los derechos humanos
básicos de todas las personas detenidas o presas como
consecuencia de su lucha por la libre determinación
y la independencia y la estricta observancia del ar-
tículo 5 de la Declaración Universal de Derechos
Humanos, con arreglo al cual nadie debe ser sometido
a torturas ni a otros tratos crueles, inhumanos o degra-
dantes, así como la liberación inmediata de esas
personas;
7. Esperu coy1 sumo irzterks la conclusión de los
siguientes estudios de la Subcomisión de Prevención
de Discriminaciones y Protección a las.Minorías:
a) Consecuencias adversas que tiene para el dis-
frute de los derechos humanos la asistencia polltica,
militar, económica y de otra Indole que se presta a los
regímenes colonialistas y racistas del Africa ~meri-
dional;
ú) Evoluciljn histórica y actual del derecho a la
libre determinach sobre la base de la Carta de las
Nacionk Unidas y de otros instrumentos aprobados
por 6rganos de las Naciones Unidas, con especial
referencia a la promoción y la protección de los dere-
chos humanos y las libertades fundamentales;’
C) Aplicación de las resoluciones de las Naciones
Unidas sobre el derecho de los pueblos bajo domina-
ción colonial y extranjera a la libre determinación;
8. Toma nota con reconocimiento de la asistencia
material y de otra Itldole que los pueblos sometidos a
regímenes coloniales y extranjeros siguen recibiendo
de los gobiernos, los organismos de las Naciones Uni-
das y las organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales y pide que esa asistencia sea incre-
mentada al maximo;
9. Decide seguir considerando este tema en su
trigésimo primer período de sesiones, sobre la base
de los informes
que se
pide que presenten los gobier-
nos, los organismos de las Naciones Unidas y las
organizaciones intergubernamentales y no guberna-
mentales sobre el refuerzo de la asistencia a los terri-
torios y pueblos coloniales bajo la dominación extran-
jera y el yugo foraneo,
2400a. sesi& plenaria
10 de noviembre de 197.5
3383 (XxX). Consecnencias adversas
que tiene para
el disfrute de los derechos humanos la asistencia
politica, militar, económica y de otra indole que
se presta a los regímenes coIonialistas y racistas
del Africa meridional
La Asamblea General,
Habiendo examinado
el tema titulado “Consecuen-
cias adversas que tiene para el disfrute de los dere-
chos humanos la asistencia polftica, militar, económica
y de otra índole que se presta a los regímenes colo-
nialistas y racistas del Africa meridional”?
Teniendo presente
su obligación de ofrecer a los
pueblos oprimidos bajo los regímenes colonialistas y
racistas del Africa meridional plena asistencia en su
lucha por la libre determinación y por el disfrute de
sus derechos humanos fundamentaIes,
Consciente
de que, en cumplimiento de la resolución
1864 (LVI) de1 Consejo Económico y Social, de 17
de mayo de 1974, la Subcomisión de Prevención de
Discriminaciones y Protección a las Minorías nombró
un Relator Especial para que evaluara urgentemente
la importancia y Ias fuentes de la asistencia política,
militar, económica y de otra índole que prestan ciertos
-I .

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