Recomendaciones Relativas a Teletrabajo, Seguridad de la Información y Protección de Datos Personales

¿Qué se debe tener en cuenta al respecto?

A continuación detallamos algunas recomendaciones para todos aquellos clientes que se encuentren implementando la modalidad de teletrabajo desde sus hogares, y que implica una serie de desafíos desde la perspectiva de la protección de los datos personales y la seguridad de la información:

* A la hora de elegir una plataforma de videoconferencias o llamadas múltiples, es fundamental revisar sus políticas de privacidad, además de los respectivos términos y condiciones de uso de la misma. Si bien es una práctica a la cual estamos poco acostumbrados, es fundamental informarse respecto a la forma en que dicha plataforma hace uso de la información, con quien la comparte y los estándares de seguridad con los que cuentan.

* Lo más conveniente es que, en lo posible, la plataforma recolecte y comparta la menor cantidad de datos personales de sus usuarios. En muchos casos, para el correcto funcionamiento de la aplicación se requiere el acceso a tu información, su recopilación y su envío a terceros, pero es importante que ese tratamiento de información tenga una finalidad claramente establecida, que sea informada y que sea concordante con el uso de la plataforma.

* Busca plataformas u aplicaciones que cuenten con adecuadas medidas de seguridad y de privacidad, como el cifrado de extremo a extremo, la utilización de contraseñas y de identificadores para ingresar a las llamadas, entre otros.

* Si se hace necesario grabar una videoconferencia o llamada, debe informarse siempre a los participantes de manera previa y solicitar su consentimiento expreso, junto con informar respecto de los fines de dicho registro.

* Si necesitas compartir la pantalla de tu computador para efectuar una presentación o mostrar algún documento, debes asegurarte que esté resguardada tu información personal, además de requerir a quienes tengan acceso a esa información su mas absoluta confidencialidad.

* Al convocar a una videoconferencia debe restringirse el acceso sólo para aquellas personas que cuenten con invitación.

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