Protocolos Sectoriales para el reinicio de actividades

AuthorJosé Cúneo/Gerardo Soto/Cristina Oviedo
PositionSocio/Socio/Consejera

El 3 de mayo 2020, se publicó el Decreto Supremo 80-2020-PCM, que aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

En ese sentido, se ha establecido que previo al reinicio de actividades, las entidades, empresas o personas naturales o jurídicas que estén permitidas para dicho fin, deberán realizar las siguientes acciones:

  1. Cumplir con los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial 239-2020-MINSA, y sus posteriores adecuaciones.

  2. Cumplir con los Protocolos Sectoriales que emita el sector correspondiente.

  3. Elaborar el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” de acuerdo con el Protocolo Sectorial aprobado.

  4. Registrar el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, en el ámbito de sus competencias, ejercerá la fiscalización y supervisión del cumplimiento de dichas obligaciones.

En el siguiente enlace podrán encontrar los Protocolos Sectoriales aprobados para el reinicio de actividades. Este documento siempre lo encontrarán publicado en la sección "Información Relevante" de nuestro portal y lo actualizaremos constantemente con los nuevos protocolos que se vayan aprobando:

https://prcp.com.pe/wp-content/uploads/2020/05/Protocolos-Sectoriales-para-el-reinicio-de-actividades-vs7.pdf

jcg@prcp.com.pe

gsc@prcp.com.pe

coa@prcp.com.pe

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