Protocolo Adicional Al Tratado Constitutivo del Parlamento Andino Sobre Elecciones Directas y Universales de Sus Representantes

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Subject MatterComercio internacional y desarrollo, inversión extranjera, integración económica,Inversión extranjera
c
I
PROTOCOLO
ADICIONAL
AL
TRATADO
CONSTITUTIVO
DEL
PARLAMENTO
ANDINO
SOBRE
ELECCIONES DIRECTAS Y
UNIVERSALES
DE
SUS
REPRESENTANTES
1
ARTICULO
1.-
El
presente
Protoeolo
est.ableee
los
proeedimient.os
que
se
adoptaran
en
los
Procesos
Elector~les
que
se
celebre?~en
los
Paises
Miembros
del
Parlamento
And~no
para
la
Ele~c~on,
mediante
Sufragio
Universal,
Directo
y
secreto
de
sus
Representantes.
Las
Elecciones
por
Sufragio
Universal
y
Directo
de
los
Representantes
ante
el
Parlamento
A,ndino
deberan
realizarse
dentro
de
un
plazo
basta
de
cinco
(5)
afios.
ARTICULO
2.-
La
sede
permanente
del
Parlamento
Andino
estara
en
la
ciudad
de
Santafe
de
Bogota,
Colombia.
ARTICULO
3.-
En
cada
Pais
Miembro
se
elegiran
cinco
(5)
Representantes
Titulares
al
Parlamento
Andino.
Cada
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y
segundo
suplentes
que
lo
sustituiran
en
su
c.rden,
en
los
casos
de
ausencia
temporal
o
definitiva.
Los
suplentes
seran
elegidos
en
la
misma
fecha,
forma
y
por
periodos
iguales
al
de
los
Representantes
Titulares.
ARTICULO
4.-
En
tanto
se
establezca
un
Regimen
Electoral
Uniforme,
el
Sistema
de
Elecci6n
de
los
Representantes
Titulares
ante
el
Parlamento
Andino,
asi
como
el
de
sus
suplentes,
se
reg~ra
de
acuerdo
a
la
Legislaci6n
Interna
de
cada
Pais
Miembro.
ARTICULO
5.-
Los
Representantes
al
Parlamento
Andino
seran
elegidos
en
cada
Pais
Miembro
en
la
fecha
en
que
se
efectuen
Elecciones
Legislativas
u
otras
generales,
pudiendo
ser
comicios
especiales,
de
conformidad
con
su
propia
Legislaci6n.
ARTICULO
6.-
T.""-:
~=j?"-~sentantes
al
Parlamento
Andino
gozaran
de
~-~~:
dUtonomia
en
el
ejercicio
de
sus
funciones,
no
estando
suj
etos
a
mandato
imperative.
Votaran
en
forma
personal
e
individual
y
actuaran
en
funci6n
de
los
objetivos
e
intereses
c ·
muni
tarios.
;Los
Pc;t.rlameatarios
Andinos
no
son
responsables
nte
autoridad
ni
Organo
Jurisdiccional
alguno
por
los
votos
u
opiniones
que
emitan
en
relaci6n
con
los
asuntos
propios
de
su
cargo.
Ademas
de
las
inmunidades
contempladas
en
el
articulo
10
del
Tratado
Constitutive
del
Parlamento
Andino,
los
Representantes
al
Parlamento
gozaran
de
inmunidad
Parlamentaria,
en
la
misma
forma
y
con
la
misma
extension
que
los
Legisladores
del
Pais
Miembro
donde
se
encuentren.

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