Presidential Statement nº S/PRST/2012/16 of the United Nations Security Council

Year2012
IssuerSecurity Council of the United Nation
Naciones Unidas
S
/PRST/2012/16
Consejo de Seguridad
Distr. general
25 de abril de 2012
Español
Original: inglés
12-32002 (S) 250412 250412
*1232002*
Declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad
En la 6760ª sesión del Consejo de Seguridad, celebrada el 25 de abril de 2012,
en relación con el examen del tema titulado “Amenazas a la paz y la seguridad
internacionales”, la Presidencia hizo la siguiente declaración en nombre del
Consejo:
“El Consejo de Seguridad reafirma su responsabilidad primordial de
mantener la paz y la seguridad internacionales de conformidad con la Carta de
El Consejo de Seguridad reconoce el carácter cambiante de los desafíos y
amenazas a la paz y la seguridad internacionales, entre otros, los conflictos
armados, el terrorismo, la proliferación de las armas de destrucción en masa y
las armas pequeñas y armas ligeras, la delincuencia organizada transnacional,
la piratería, el tráfico de drogas y la trata de personas. El Consejo se ha
ocupado, cuando ha resultado oportuno, en relación con esos desafíos y
amenazas, del tráfico ilícito transfronterizo de armas, el tráfico de drogas, el
tráfico por agentes no estatales de armas nucleares, químicas y biológicas, sus
sistemas vectores y materiales conexos, el tráfico de minerales procedentes de
zonas de conflicto y el movimiento de terroristas y de sus fondos, actividades
realizadas en violación de los regímenes de sanciones de las Naciones Unidas
impuestos por el Consejo de Seguridad de conformidad con el Capítulo VII de
la Carta de las Naciones Unidas y otras decisiones adoptadas en virtud del
Capítulo VII, en particular las resoluciones 1373 (2001) y 1540 (2004), así
como de otras decisiones suyas pertinentes (en adelante, el tráfico y
movimiento ilícitos transfronterizos). Al Consejo le preocupa que este tráfico y
movimiento ilícitos transfronterizos contribuyan a esos desafíos y amenazas.
El Consejo reconoce que el tráfico y movimiento ilícitos transfronterizos a
menudo involucran cuestiones intersectoriales, muchas de las cuales son
examinadas por la Asamblea General y otros órganos y organismos de las
Naciones Unidas.
El Consejo hace notar los convenios y convenciones internacionales
pertinentes como la Convención Única de las Naciones Unidas sobre
Estupefacientes de 1961, enmendada por el Protocolo de 1972, el Convenio
sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971, la Convención de las Naciones Unidas
contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988,
la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada

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