Decisión del Panel Administrativo nº DES2017-0007 of WIPO Arbitration and Mediation Center, April 25, 2017 (case Oberalp Deutschland GMBH v. liu xuemei)

Resolution DateApril 25, 2017
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer
DominioEspaña (.es)

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

DECISIÓN DEL EXPERTO

Oberalp Deutschland GmbH c. liu xuemei

Caso No. DES2017-0007

1. Las Partes

La Demandante es Oberalp Deutschland GmbH, con domicilio en Aschheim, Alemania, representada por Elzaburu, España.

La Demandada es Liu Xuemei, con domicilio en Henan, China.

2. El Nombre de Dominio y el Registrador

La Demanda tiene como objeto el nombre de dominio [salewaoutletespana.es].

El Registrador del citado nombre de dominio es Red.es. El Agente Registrador del nombre de dominio en disputa es 1API.

3. Iter Procedimental

La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el "Centro") el 17 de febrero de 2017. El 17 de febrero de 2017, el Centro envió a Red.es por correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 20 de febrero de 2017, Red.es envió al Centro por correo electrónico su respuesta confirmando que la Demandada es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto del contacto administrativo, técnico y de facturación.

El Centro verificó que la Demanda cumplía los requisitos formales del Reglamento del procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos para nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (".ES") (el "Reglamento").

De conformidad con los artículos 7a) y 15a) del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda a la Demandada, dando comienzo al procedimiento el 28 de febrero de 2017. De conformidad con el artículo 16a) del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 20 de marzo de 2017. La Demandada no contestó a la Demanda. Por consiguiente, el Centro notificó a la Demandada su falta de personación y ausencia de contestación a la Demanda el 21 de marzo de 2017.

El Centro nombró a Carolina Pina-Sánchez como Experta el día 10 de abril de 2017, recibiendo la Declaración de aceptación y de imparcialidad e independencia, de conformidad con artículo 5 del Reglamento. La Experta considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

4. Antecedentes de Hecho

La Demandante tiene como actividad principal la fabricación y comercialización de equipamiento y prendas de vestir para la práctica de deportes de montaña como el trekking o el senderismo. Del contenido de la Demanda y sus Anexos se desprende que la Demandante goza de un gran prestigio internacional, desarrollando su actividad comercial desde 1935. La Demandante está integrada en el grupo de empresas dependiente de Oberalp Deutschland GmbH, una empresa alemana del sector textil fundada en 1846. La Demandante goza, por tanto, de un alto grado de reconocimiento en el sector del equipamiento deportivo de montaña. Todo ello se acredita por la Demandante en el Anexo 3 de la Demanda.

Además, la Demandante ha acreditado la titularidad del registro de las siguientes marcas: (i) Marca internacional No. 366.620, SALEWA, con fecha de presentación 26 de marzo de 1970, para distinguir productos dentro de la clase 28 del Nomenclátor Internacional de Niza, con fecha de designación de España de 21 de febrero de 1990; (ii) Marca internacional No. 928.440, SALEWA, con fecha de presentación 23 de febrero de 2007, con designación de la Unión Europea, para distinguir productos de la clases 6, 8, 9, 18, 20, 22, 25 y 28 del Nomenclátor Internacional de Niza; (iii) Marca internacional No. 1.065.722, SALEWA, con fecha de presentación 29 de octubre de 2010, para distinguir productos y servicios de las clases 3, 6, 8, 9, 12, 18, 20, 21, 22, 25, 28, 35, 39, 41, y 45 del Nomenclátor Internacional de Niza; (iv) Marca mixta de la Unión Europea No. 11.500.915, SALEWA, con fecha de prioridad 21 de diciembre de 2012, para distinguir productos y servicios de las clases 3, 6, 8, 9, 12, 18, 20, 21, 22, 25, 28, 35, 39, 41, y 45 del Nomenclátor Internacional de Niza (Anexo 4 de la Demanda).

Según la información facilitada y verificada por esta Experta, frente a la concesión de las anteriores marcas españolas y de la Unión Europea no se ha formulado recurso alguno, estando dichas marcas en vigor.

El Nombre de Dominio fue registrado el 26 de agosto de 2016, es decir, con posterioridad a las respectivas fechas de presentación de las marcas internacionales y de la Unión Europea de la Demandante (Anexos 1 y 4 de la Demanda). El Nombre de dominio dirige a una web que facilita la venta de productos para montañismo, outdoor...

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