Memorando de Entendimiento entre la Republica de Colombia y la Republica Federetiva del Brasil Para la Cooperacion En el Combate de la Fabricacion y el Trafico Ilicito de Armas de Fuego Municiones, Accesorios, Explosivos y Otros Materiales Relacionados
Coming into Force | 04 February 2011 |
Notes | Los Fines de Este Acuerdo se Enmarcan Dentro de Los Objetivos Previstos por la "convencion de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional" y "la Convencion Interamericana contra la Fabricacion y el Trafico Ilicito de Armas de Fuego, Municiones Explosivos y Otros Materiales Relacionados". nota Diplomatca de Colombia Dm/oaj.cat No.46070 del 29 de Julio de 2008. nota Diplomatica del Gobierno del Brasil No.005 del 5 de Enero de 2011. |
Link to Original Source | http://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=269da371-1277-4a3d-967a-46b8d59436e5 |
Subject Matter | Desarme,Usos pacificos de la energia nuclear,Armas |
Participants | Brasil,Colombia |
MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE
LA
REPUBLICA DE COLOMBIA Y
LA
REPOBLICA FEDERATIVA DEL
BRASIL
PARA
LA
COOPERACI6N
EN
EL
COMBATE DE
LA
FABRICACt6N
Y
EL
TRAFICO ILICITOS DE
ARMAS
DE FUEGO,
MUNICIONES, ACCESORIOS, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES
RELACIONADOS
La
Republica de Colombia
y
La
Republica Federativa del Brasil,
(en
adelante denominadas "Las Partes"
Considerando que
Ia
fabricacion y el trafico ilicitos de armas de fuego,
municiones, accesorios, explosives y materiales relacionados son modalidades del
crimen organizado transnacional, que viene presentado una creciente expansion en los
paises de
Ia
region sudamericana;
Considerando que
el
crecimiento de esas modalidades delictuosas trae
peljuicios
at
mantenimiento del orden social, de
Ia
paz publica y pone en riesgo
Ia
integridad fisica de sus poblaciones;
Convencidas de
Ia
conveniencia de establecer mecanismos que permitan Ia
comunicacion directa entre los organismos competentes de ambas Partes y el
intercambio fluido de informaciones rapidas y seguras sobre
Ia
circulacion de armas de
fuego, municiones, accesorios, explosives y otros materiales relacionados;
Considerando las recomendaciones contenidas en el Programa de Acci6n de
las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Eliminar el Trafico llicito de Armas
Pequeilas y Ligeras en todos sus aspectos {UNPoA), adoptado en julio de 2001, que
estimula el establecimiento de mecanismos
de
cooperacion bilaterales y/o regionales;
Considerando los compromises asumidos por los Estados Parte de Ia
Convencion de las Naciones Unidas contra el Crimen Organizado Transnacional y sus
Protocolos y de
Ia
Convenci6n lnteramericana contra Ia Fabricaci6n y el Tratico llicito
de Armas
de
Fuego, Municiones. Explosives y Materiales Relacionados (CIFTA);
Convencidas de
Ia
necesidad de establecer un efectivo control y rigurosa
fiscalizaci6n sobre Ia posesi6n, fabricaci6n, importaci6n, comerciaHzaci6n y
exportaci6n; asl como de combatir
Ia
comercializaci6n
Hlcita
de armas de fuego,
municiones, accesorios, explosives y otros materiales relacionados en los respectivos
territories; I
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