Decisión del Panel Administrativo nº DES2006-0003 of WIPO Arbitration and Mediation Center, June 14, 2006 (case Ferrero, S.p.A , Ferrero Ibéria, S.A. vs. MAXTERSOLUTIONS C.B.)

JudgeAntonia Ruiz López
Resolution DateJune 14, 2006
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer
DominioEspaña (.es)
  1. Las Partes

    Las Demandantes son Ferrero, S.p.A, Pino Torinese, Italia, y Ferrero Ibérica, S.A., El Prat de Llobregat, España, representadas por Cuatrecasas Abogados, España.

    La Demandada es MAXTERSOLUTIONS C.B., Cáceres, España.

  2. El Nombre de Dominio y el Registrador

    La Demanda tiene como objeto el Nombre de Dominio [ferreroroche.es].

    El registrador del citado nombre de dominio es ESNIC.

  3. Iter Procedimental

    La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el "Centro") el 13 de abril de 2006. El 19 de abril de 2006 el Centro envió a ESNIC, via correo electrónico, una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en cuestión. El 19 de abril de 2006 ESNIC envió al Centro, via correo electrónico, su respuesta confirmando que el Demandado es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto del contacto administrativo, técnico y de facturación. El Centro verificó que la Demanda cumplía los requisitos formales del Reglamento del procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos para nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (".ES") (el Reglamento).

    De conformidad con los Artículos 7a) y 15a) del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda a la Demandada, dando comienzo al procedimiento el 25 de abril de 2006. De conformidad con el párrafo 16a) del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 15 de mayo de 2006. La Demandada no contestó a la Demanda. Por consiguiente, el Centro notificó a la Demandada su falta de personación y ausencia de contestación a la Demanda el 17 de mayo de 2006.

    El Centro nombró a Antonia Ruiz López como Experto el día 29 de mayo de 2006, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con el Artículo 5 del Reglamento. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

  4. Antecedentes de Hecho

    Los hechos controvertidos y debidamente acreditados se resumen a continuación:

    Ferrero S.p.A. es una compañía italiana que fabrica y distribuye a nivel internacional productos alimenticios y, particularmente, dulces y bombones, productos que son distribuidos en España por Ferrero Ibérica, S.A..

    Ferrero S.p.A. es titular de numerosos registros internacionales de la marca FERRERO ROCHER, con efectos en España y cuya prioridad se remonta al año 1984. El renombre internacional de esta marca también queda debidamente acreditado en la demanda.

    Las Demandantes son titulares de diversos registros de nombres de dominio, a saber:

    [ferrerorocher.es], de Ferrero Ibérica, S.A., de fecha 21.12.2001;

    [ferrerorocher.com.es], de Ferrero Ibérica, S.A., de fecha 28.07.2003;

    [ferrero.es], de Ferrero Ibérica, S.A., de fecha 23.04.1998;

    [ferrero.com.es], de Ferrero Ibérica, S.A., de fecha 29.07.2003;

    [ferrerorocher.com], de Ferrero S.p.A., de fecha 11.05.2000;

    [ferrero-rocher.com], de Ferrero S.p.A., de fecha 26.02.2000;

    [ferrerorocher.net], de Ferrero S.p.A., de fecha 19.12.2001;

    [ferrerorocher.info], de Ferrero S.p.A., de fecha 24.08.2001;

    [ferrerorocher.biz], de Ferrero S.p.A., de fecha 19.11.2001.

    El Nombre de Dominio objeto del presente procedimiento fue registrado por la Demandada el día 21 de noviembre de 2005 y ha estado vinculado a una página web desde la que se ha venido ofreciendo públicamente en venta, invitando a cualquier interesado a hacer una oferta por medio de un sitio web gestionado por otra empresa.

    La Demandada se define en su página web como una empresa especializada en el desarrollo y alojamiento de sitios web y la prestación de otros servicios vinculados a Internet.

    En el sitio web [maxdetodo.com] se incluye una relación de los sitios web creados y/o gestionados por la Demandada. Entre otros, se incluye un enlace a un sitio web llamado...

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