Se emiten diversas disposiciones aplicables al Sector Energía

AuthorRomina Stucchi/Marco Castañeda
PositionAsociada del equipo de Energía, Minería y Recursos Naturales/Miembro del equipo de Energía, Minería y Recursos Naturales

El 6 de mayo de 2020 se publicaron, en Edición Extraordinaria en el Diario El Peruano, las siguientes disposiciones relevantes para el sector:

1. Protocolo Sanitario para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al COVID-19 en las actividades del Subsector Minería, el Subsector Hidrocarburos y el Subsector Electricidad aprobado por Resolución Ministerial N° 128-2020-MINEM/DM

Se aprobó el Protocolo Sanitario para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al COVID – 19 en las actividades del Subsector Minería, el Subsector Hidrocarburos y el Subsector Electricidad, cuyo objetivo, entre otros, es la detección temprana y respuesta que deben realizar las empresas vinculadas a los Subsectores Minería, Hidrocarburos y Electricidad para enfrentar el riesgo de propagación e impacto sanitario provocado por el COVID – 19 durante el desarrollo de sus actividades operativas, con el fin de proteger la salud de sus trabajadores/as y contratistas.

El ámbito de aplicación del Protocolo Sanitario alcanza a los/las empleadores/as y sus trabajadores/as y contratistas que laboran o prestan servicios en ellas, en todas las actividades de los Subsectores Minería, Hidrocarburos y Electricidad, a nivel nacional, así como el Comité de Operación Económica del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (COES).

El referido Protocolo Sanitario se encuentra publicado en la siguiente dirección electrónica: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/687507/RM_N_128_2020_MINEM_DM.pdf

2. Criterios de Focalización Territorial a ser aplicados en la “Reanudación de Actividades” de explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos, y construcción de proyectos contenidos en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC), que se encuentran en el ámbito del Sector Energía y Minas aprobados por Resolución Ministerial N° 129-2020-MINEM/DM

Se aprobaron los Criterios de Focalización Territorial a ser aplicados en la reanudación de actividades referidas a la explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos, y construcción de proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC), denominadas “actividades de la Fase 1”.

Las empresas que desarrollan las actividades de la Fase 1 se encuentran obligadas a informar las incidencias desarrolladas en cumplimiento de los Criterios de Focalización Territorial, en sus respectivos centros de labores a las respectivas Direcciones Generales de Hidrocarburos y de Electricidad, según corresponda, a través de los sistemas o correos electrónicos habilitados en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas para tal fin.

Respecto del sector de electricidad, se encuentra comprendidas las actividades de construcción de los Proyectos del Plan Nacional de Infraestructura (PNIC).

Respecto del Sector de Hidrocarburos, las actividades comprendidas son las siguientes: (i) Actividades de construcción y conexas de los proyectos de construcción que tengan por finalidad incrementar la capacidad de producción, procesamiento y/o, transporte por ductos y/o almacenamiento (en Plantas Refinerías) de Hidrocarburos; y (ii) Actividades de construcción y conexas de proyectos de construcción de redes o infraestructura.

Los Criterios de Focalización generales son: (i) Contar con el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID – 19 en el trabajo”; (ii) Cumplir con los lineamientos y/o normas dictadas por el Ministerio de Salud para el cuidado y vigilancia de la salud de los trabajadores ante el Covid-19; y, (iii) No contar con medidas administrativas o judiciales de paralización.

Se han establecido Criterios Particulares por cada uno de los subsectores (hidrocarburos y electricidad).

Dichos Criterios de Focalización Territorial se encuentran publicados en la siguiente dirección electrónica:https://www.gob.pe/institucion/minem/normas-legales/558870-129-2020-minem-dm

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