Corte Interamericana celebrará 118 Período Ordinario de Sesiones

Published date05 May 2017
Comunicado
Corte Interamericana de Derechos Humanos
CorteIDH_CP-17/17 Español
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CORTE INTERAMERICANA CELEBRARÁ
118 PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES
San José, Costa Rica, 05 de mayo de 2017.- La Corte Interamericana celebrará
entre el 15 y el 26 de mayo 2017 su 118 Período Ordinario de Sesiones en San
José, Costa Rica.
I. Audiencias Públicas
La Corte llevará a cabo las siguientes audiencias públicas:
a) Solicitud de Opinión Consultiva presentada por el Estado de Costa
Rica
1
16 de mayo, a partir de las 15:00 horas y 17 de mayo a partir de las 9:00
horas.
El Estado de Costa Rica presentó una Solicitud de Opinión Consultiva el 18 de mayo
de 2016, con el fin de que la Corte Interamericana interprete:
la protección que brindan la Convención Americana sobre Derechos Humanos al
reconocimiento del cambio de nombre de las personas, de acuerdo con la
identidad de género de cada una;
sobre la compatibilidad de la práctica que consiste en aplicar el artículo 54 del
Código Civil de la República de Costa Rica a las personas que deseen optar par
un cambio de nombre a partir de su identidad de género con la Convención
Americana, considerando que ‘‘este proceso conlleva gastos para la persona
solicitante e implica una espera demorada”, y
sobre la protección que brindan la Convención Americana al reconocimiento de
los derechos patrimoniales derivados de un vínculo entre personas del mismo
sexo.
Puede acceder al texto íntegro de la solicitud aquí.
1
El proceso de dictar una Opinión Consultiva es distinto al de una sentencia en un caso contencioso.
Ésta se encu entra regulada en el artículo 64 de la Convención Americana. A través de esta función
consultiva los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) pue den consultar a
la Corte acerca de la interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o de otros
tratados concernientes a la protección de los derechos human os en el continente. La finalidad de la
labor interpretativa que realiza la Corte es no sólo desentrañar el sentido, propósito y razón de las
normas internacionales sobre derechos humanos, sino también coadyuvar al cumplimiento cab al y
efectivo de las obligaciones internacionales de los Estados americanos en la mater ia.

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