Convenio Internacional Para la Conservacion del Atun del Atlantico

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Subject MatterAgricultura y Pesca
Anexo I
CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA
CONSERVACION DEL ATUN DEL ATLANTICO
PREAMBULO
Los Gobiernos, cuyos representantes debidamente autmizados
firman
el
presente Convenio, considerando su mutuo interes en las
poblaciones
de
atunes y especies afines que
se
encuentran en
el
Oceano Athintico, y deseando cooperar
para
rnantener tales poblacio-
nes a niveles que perrnitan capturas maximas continuas, para la
alimentaci6n y otros prop6sitos, resuelven concertar un Convenio
para conservar los recursos de atunes y sus afines del Oceano Atlan-
tica, y con
ese
prop6sito acuerdan lo siguiente:
ARTiCULO I
La zona a la que
se
aplicara el presente Convenio, en lo su-
cesivo denominada « zona del Convenio», abarcara todas las aguas
del Oceano Atlantica, incluyendo los mares adyacentes.
ARTICULO
II
Ninguna disposici6n en este Convenio podra considerarse que
afecta los derechos, reclamaciones o puntos
de
vista
de
cualquiera
de las Partes Contratantes en relaci6n con los lirnites
de
sus
agua.s
territoriales o la extension de la jurisdicci6n sobre pesquerias, de
acuerdo con el derecho internacional.
ARTicULO
III
1.
Las Partes Contratantes convienen en establecer y mantener
una Cornisi6n, que
se
conocera con
el
nornbre
de
Comisi6n
Internacional para la Conservaci6n del Atun del Athintico,
en
lo sucesivo denominada « La Comisi6n», la cual
se
encargara
de
alcanzar los objetivos estipulados en este Convenio.
2.
Cada una de las Partes Contratantes estara representada en la
Comisi6n por no mas de tres Delegados, quienes podnin ser
auxiliados por tecnicos y asesores.

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