Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Rumania en materia de Educación, Cultura, Juventud y Deporte

Document typeConvenio
CategoryBilateral
SubjectEducación y cultura, arte, patrimonio, títulos
CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE
RUMANIA EN MATERIA DE EDUCACION, CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTE
El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Rumania, en adelante denominados
las Partes ,
ANIMADOS por el deseo de fortalecer los lazos de amistad existentes entre los dos pueblos;
TOMANDO en consideración que las dos Partes han venido realizando acciones de cooperación educativa
y cultural al amparo del Convenio de Cooperación Cultural entre el Gobierno de los Estados Unidos
Mexicanos y el Gobierno de la República Socialista de Rumania, suscrito en la Ciudad de México el 25 de
octubre de 1974;
DESEOSOS de profundizar e incrementar la cooperación y el intercambio en materia de educación,
cultura, arte, deporte, niñez, juventud y tercera edad, así como en otras áreas afines de interés;
CONVENCIDOS de la importancia de establecer mecanismos que contribuyan al fortalecimiento de la
cooperación en los campos de interés mutuo y de la necesidad de ejecutar programas específicos de
colaboración e intercambio educativo y cultural, artístico y deportivo, que correspondan a la dinámica del
nuevo entorno internacional y que contribuyan a profundizar en el conocimiento de los dos países;
Han convenido lo siguiente:
ARTICULO I
El objetivo del presente Convenio es incrementar la cooperación entre sus instituciones correspondientes
en los campos de la educación, la cultura, el arte, la juventud y el deporte, mediante la realización de
actividades que contribuyan a profundizar el conocimiento mutuo entre los dos países.
ARTICULO II
Las Partes apoyarán la colaboración y el intercambio de experiencias entre instituciones educativas de
cada país en todos los niveles. Asimismo, propiciarán la cooperación directa entre universidades y otras
instituciones de educación superior, así como centros de investigación e instituciones culturales en las áreas
humanísticas, artísticas y deportivas.
ARTICULO III
Las Partes alentarán los contactos directos en el campo de la educación para la salud en todos los niveles:
organismos gubernamentales, universidades, facultades e institutos de investigación en medicina.
ARTICULO IV
Las Partes estudiarán la posibilidad de firmar un convenio en materia de reconocimiento mutuo de
certificados de estudios, títulos y diplomas de educación superior, con fines académicos. Para lo anterior,
intercambiarán información sobre los sistemas educativos de los dos países.
ARTICULO V
Las Partes retomarán e intensificarán el programa recíproco de becas para que sus nacionales realicen
estudios de posgrado, especialización o investigación en instituciones públicas de educación superior del otro
país. Las condiciones de financiamiento para el otorgamiento de las becas serán establecidas en el marco de
los programas de aplicación del Convenio.
ARTICULO VI
Las Partes se esforzarán en mejorar y aumentar el nivel del conocimiento y el estudio de su idioma,
literatura y cultura en general en el otro país, en las instituciones nacionales de educación.
ARTICULO VII
Las Partes organizarán y coordinarán acciones comunes, mediante la puesta a disposición de materiales,
documentos específicos e informaciones necesarias, así como la asesoría por personal e institutos calificados;
asimismo, integrarán comisiones mixtas para la elaboración y presentación correcta de la historia, geografía,
arte, cultura y desarrollo económico social de cada país en los libros de texto escolares y cursos universitarios
de cada país.
ARTICULO VIII
Las Partes promoverán la colaboración activa de sus representantes y delegaciones en el marco de la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y de otros

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT