Convenio de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Federación de Rusia

Document typeConvenio
CategoryBilateral
SubjectCooperación internacional
CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y CIENTÍFICA ENTRE EL GOBIERNO DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA
El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Federación de Rusia, en
adelante denominado "las Partes";
MOTIVADOS por el deseo de fortalecer los tradicionales lazos de amistad existentes entre los dos
pueblos;
CONSCIENTES de su interés por promover y fomentar el progreso técnico y científico, así como
las ventajas que resultarían de esta cooperación;
CONVENCIDOS de la importancia de establecer mecanismos que contribuyan al desarrollo de la
cooperación técnica y científica, congruentes con la globalización de las nuevas condiciones
políticas, económicas y sociales, que están interrelacionadas, en particular, con las reformas
económicas que tienen lugar en sus respectivos países;
TOMANDO en cuenta la experiencia positiva acumulada por las Partes en sus relaciones
científicas y técnicas y reconociendo la necesidad de perfeccionarlas;
Han convenido lo siguiente:
ARTÍCULO I
El objetivo del Presente Convenio es desarrollar, apoyar y facilitar la cooperación técnica y
científica entre las Partes, en las áreas que se determinen de común acuerdo sobre la base de
los principios de igualdad y beneficio mutuo.
ARTÍCULO II
En materia de ciencia y tecnología, las Partes desarrollarán la cooperación en las áreas de las
investigaciones básicas.
Para los fines del presente Convenio, las Partes favorecerán la instrumentación de actividades
conjuntas que vinculen centros de investigación y desarrollo con entidades industriales de los
dos países.
Las Partes estimularán las iniciativas destinadas a apoyar financieramente los trabajos
conjuntos, en particular estudiarán la posibilidad de crear fondos de financiamiento tanto a nivel
bilateral como multilateral.
ARTÍCULO III
Las actividades de cooperación podrán incluir las siguientes modalidades:
1. Instrumentación de proyectos científicos y técnicos.
2. Intercambio de delegaciones de científicos y especialistas.
3. Intercambio de información científica y técnica.
4. Organización de simposios, conferencias y otras reuniones sobre problemas de interés
para ambos países.
5. Transferencia de tecnología.
6. Otras que las Partes convinieren.

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