Acuerdo entre la Republica de Colombia y la Organización Mundial del Turismo Para la Celebracion de la Xxi Reunion de la Asamblea General

Link to Original Sourcehttp://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=c8453226-624b-409c-a7c1-30d77b64e502
Subject MatterAcuerdos de sede
ParticipantsOrganización Mundial del Turismo - OMT
ACUERDO
ENTRE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y
LA ORGANIZACiÓN MUNDIAL DEL TURISMO
PARA LA CELEBRA:CIÓN
DE
LA XXI
RE
NIÓN
E LA ASAMBLEA GENERAL
Tras la invitación de
la
República de Colombia
(en
adelante,
«Colombia»), aceptada por la Asamblea General de la Organización Mundial
del Turismo
en
su
vigésima reunión (A/RES/640(XX)).
Considerando
el
artículo 32 de los Estatutos de
la
Organización Mundial
del Turismo
(en
adelante, «la Organización»), que establece que: «la
Organización gozará
en
los territorios de sus Estados Miembros, de los
privilegios e inmunidades requeridos para
el
ejercicio de sus funciones. Dichos
privilegios e inmunidades podrán ser definidos por acuerdos concluidos por
la
Organización» .
Considerando que la República de Colombia es Estado Parte de
la
Convención sobre los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas del
13
de febrero de 1946, y que ésta será aplicable respecto a
la
Reunión.
La República de Colombia, a través del Ministerio de Comercio,
Industria y Turismo y la Organización, representada por
su
Secretario General,
el
Sr. Taleb Rifai, han acordado
lo
siguiente:
I
ugar y fechas de la reunión
L reunión se celebrará
en
Medellín (Colombia) del 12
al
17
de septiembre de
2 15.
11
Asistencia a la reunión
De conformidad con
el
Reglamento de la Asamblea General,
el
Secretario
General de
la
Organización invita a los participantes a asistir a la Reunión.
La
Secretaría facilitará oportunamente los nombres de quienes acepten
la
invitación a las autoridades debidamente designadas a tal efecto por
Colombia, a fin de que sea posible organizar
su
viaje y
su
estancia
en
Medellín
en
las mejores condiciones posibles.
111
Recintos, equipos y servicios
1.
Colombia proporcionará
el
espacio, las instalaciones, los equipos y los
servicios necesarios para
la
celebración de
la
Reunión, que figuran
en
el
Anexo I del presente Acuerdo, a saber:
a)
Salas de reuniones
b)
Despachos
c)
Instalaciones para comunicación y prensa
d)
Otros recintos que pudieran ser necesarios
e)
Los servicios especificados.
¿.
En relación con aquello
serVICIO"
cuya prestación corresponde a
Colom
¡a,
este se cerciorará
de
ontar con un organizador de eventos.
3.
La Organización y Colombia suministrarán los bienes y servicios en
especie que sean necesarios para la reafzación de la reunión, y que se tasarán
en un valor razonable en la fecha de suscripción del presente Acuerdo. Salvo
acuerdo en contrario, los bienes en especie se devolverán a la correspondiente
parte proveedora una vez finalizado el proyecto.
IV
Neutralidad climática
Al proporcionar el espacio, los recintos, os equipos y los servicios mencionados
en el anterior artículo
111,
Colombia se esforzará por reducir
el
im act ambiental
de
la Reunión, tomando en cuenta la lista
de
recomendaciones a tal efecto que
figu ran e el Anexo
11.
v
Instalaciones sanitarias
Colombia garantizará que en
el
recinto de la Reunión se cuente con las
instalaciones sanitarias precisas dotadas de personal cualificado. Colombia
garantizará
el
acceso inmediato y
!a
admisión hospitalaria de cualquier
participante en la Reunión que lo requiera, así como la disponibilidad en todo
momento del transporte necesario previa llamada. Los participantes en la
Reunión pagarán el tratamiento médico que hubieran recibido en cualquier
momento durante su estancia en Medellín.
VI
Alojamiento y transporte
Colombia garantizará los siguientes servicios:
a)
Bloqueo de un número suficiente de habitaciones con tarifas reducidas
para los participantes en el hotel principal, así como en hoteles alternativos
cercanos
de
diferentes categorías (de 3, 4 Y 5 estrellas).
b)
Recepción (incluida una cola especial para
el
control de pasaportes) y
traslados de los participantes y
el
personal de la Secretaría en los aeropuertos
(Bogotá y Medellín), incluidos los traslados necesarios entre aeropuertos en
olombia, y entre el aeropuerto de Medellín y los hoteles' designados; la
Secretaría faci itará oportunamente una lista de los delegados de rango
ministerial que requieran un tratamiento VIP.
c)
El transporte local de los participantes y del personal de la Secretaría y
entre los hoteles designados y el lugar
de
las reuniones, así como cualquier otro
transporte local necesario (actos sociales, etc.).

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