Acuerdo entre la Republica de Colombia y la Corte Penal Internacional Sobre la Ejecucion de Penas Impuestas por la Corte Penal Internacional

Link to Original Sourcehttp://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=25a68b30-9d62-46af-8081-2c5313971854
Subject MatterDerecho penal,Asistencia judicial en materia penal,Extradición
ParticipantsCorte Penal Internacional - CPI
ACUERDO ENTRE
LA
REPUBLICA DE COLOMBIA Y
LA
CORTE PENAL INTERNACIONAL SOBRE LA EJECUCION DE LAS PENAS
IMPUESTAS POR LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
La Corte
Penallntemacional
(en adelante
denominada
"la Corte") y
La
Republica
de
Colombia (en adelante
denominada
"Colombia" o
el"Estado
de
ejecuci6n"),
PREAMBULO
RECORDANDO el articulo 103 del Estatuto
de
Roma
de
la Corte
Penallntemacional,
adoptado
el 17
de
julio
de
1998
por
la Conferencia Diplomatica
de
Plenipotenciarios
de
las Naciones
Unidas
(en adelante
denominado
"el Estatuto
de
Roma"), con arreglo al cual las
penas
privativas
de
libertad
impuestas
por
la
Cortese
cumpliran
en
un
Estado
designado
por
la
Corte sobre la base
de
una
lista
de
Estados
que
hayan
manifestado
a la
Corte
que
estan
dispuestos
a recibir condenados;
RECORDANDO la regia 200
de
las Reglas
de
Procedimiento y
Prueba
de
la Corte (en adelante
denominadas
"la regia" y
"las
Reglas"), con arreglo a la
cual
la Corte
podra
concertar con
Estados acuerdos bilaterales compatibles con el Estatuto
con
miras a establecer
un
marco
para
la
recepci6n
de
los reclusos
que
haya
condenado;
RECORDANDO las
normas
generalmente aceptadas
de
los
instrumentos
intemacionales sobre
el tratamiento
de
los reclusos,
entre
ellos, las Reglas Minimas
para
el Tratamiento
de
los
Reclusos
aprobadas
por
el Consejo Econ6mico y Social
en
sus
resoluciones 663 C
(XXIV),
de
31
de
julio
de
1957, y 2067 (LXII),
de
13
de
mayo
de
1977, el
Conjunto
de
Principios
para
Ia
protecci6n
de
todas
las
personas
sometidas
a cualquier forma
de
detenci6n o prisi6n,
adoptado
por
la Asamblea General
en
su
resoluci6n 43/173,
de
9
de
diciembre
de
1988, y los
Principios basicos
para
el tratamiento
de
los reclusos,
adoptados
por
la
Asamblea
General en su
resoluci6n 45/111,
de
14
de
diciembre
de
1990;
COMPROBANDO
la disposici6n
de
Colombia
de
aceptar
personas
condenadas
por
Ia
Corte;
A FIN
de
establecer
un
marco
para
la aceptaci6n
de
personas
condenadas
por
la Corte y
prever
las condiciones
en
las
que
se
cumpliran
las
penas
en
el territorio
de
Colombia;
HAN
CONVENIDO
en
lo siguiente:

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