Acuerdo entre el Gobierno de la Republica de Colombia y el Gobierno de Los Estdos Unidos de America Concerniente a la Comparticion de Ganancias Decomisadas E Instrumentos Provenientes de Delitos

Link to Original Sourcehttp://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=f5292a96-0056-4833-9120-02354a93742c
Subject MatterVarios
ParticipantsColombia
Acuerdo
Entre
el
Gobierno
de
la
República
de
Colombia
y el
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
de
América
concerniente
a la
Compartición
de
Ganancias
Decomisadas
e
Instrumentos
Provenientes
de
Delitos
El
Gobierno
de
la
República
de
Colombia
y el
Gobierno
de
los
Estados
Unidos
de
América,
en
lo
sucesivo
denominados
"las
Partes;"
En el
marco
de
la
Convención
de
las
Naciones
Unidas
contra
la
Delincuencia
Organizada
Transnacional,
celebrada
en
la
ciudad
de
Nueva
York
el
15
de
noviembre
del
año
2000,
en
particular
su
Artículo
12,
Párrafo
1 y
los
Artículos
13
y
14;
de la
Convención
de
las
Naciones
Unidas
contra
el
Tráfico
Ilícito
de
Estupefacientes
y
Sustancias
Sicotrópicas,
celebrada
en
Viena
el
20
de
diciembre
de
1988
en
particular
su
Artículo
5;
Y
del
Convenio
Internacional
para
la
Represión
de
la
Financiación
del
Terrorismo,
celebrado
en
la
ciudad
de
Nueva
York
el 9
de
diciembre
de
1999,
particularmente
el
numeral
3
del
Artículo
8;
Afirmando
que
nada
de lo
estipulado
en
las
disposiciones
de
este
Acuerdo
afectará
de
forma
alguna
las
disposiciones
y
los
principios
de la
cooperación
internacional
que
se
han
establecido
en
las
antes
mencionadas
Convenciones
y
que
este
Acuerdo
también
tiene
como
fin
mejorar
la
eficacia
de
la
cooperación
internacional
prevista
en
tales
Convenciones,
y
Deseando
establecer
los
mecanismos
apropiados
para
compartir
las
gamlOcias
decomisadas
y
los
medios
e
instrumentos
utilizados
para
ILI
comisión
de
un
delito;
Acuerdan
lo
siguiente:
Artículo
1
Definición
de
los
Términos
Para
los
efectos
de
este
Acuerdo:
a)
"Decomiso,"
que
incluirá
comiso
y
extinción
de
dominio,
significará
una
decisión
impuesta
por
un
tribunal
luego
de un
proceso
judicial
en
relación
con
un
delito
penal
o
delitos
penales
(incluso
el
decomiso
sin
condena)
que
implica
la
privación
permanente
de
Activos,
o
de
una
suma
de
dinero
equivalente
al
valor
de
tales
Activos,
en
beneficio
de
una
de
las
Partes.
Decomiso
también
significará
un faHo
de
decomiso
administrativo,
en
lo
que
respecta
a
Estados
Unidos,
en
relación
con
un
delito
penal
o
actividades

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