Acuerdo de Establecimiento del Fondo Mundial Para la Diversidad de Cultivos

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Subject MatterAgricultura y Pesca
ACUERDO
DE
ESTABLECIMIENTO
DEL
FONDO MUNDIAL
PARA LA DIVERSIDAD
DE
CUL TIVOS
Preambulo
CONSIDERANDO
QUE
ciento ciricuenta pafses reunidos
en
Ia
Conferencia
Tecnica lnternacional sobre los Recursos Fitogeneticos para
Ia
Alimentaci6n y
Ia
Agricultura, en Leipzig, en junio de
1996,
adoptaron
el
Plan de Acci6n Mundial para
Ia
Conservaci6n y
Ia
Utilizaci6n Sostenible de los Recursos Fitogeneticos para
Ia
Alimentaci6n y
Ia
Agricultura (denominado en adelante "Plan de Acci6n Mundial"),
que proporciona un marco internacional convenido para
Ia
conservaci6n,
exploraci6n, recolecci6n, caracterizaci6n, evaluaci6n y documentaci6n de los
recursos fitogeneticos para
Ia
alimentaci6n y
Ia
agricultura, uno de cuyos elementos
es
el
desarrollo y
el
apoyo de un sistema racional, eficaz y sostenible de
colecciones de recursos fitogeneticos en
todo
el
mundo;
CONSIDERANDO
QUE
Ia
Conferencia de
Ia
Organizaci6n de las Naciones
Unidas para
Ia
Agricultura y
Ia
Alimentaci6n (denominada en adelante
"FAO"),
en
su
31°
perfodo de sesiones celebrado en noviembre de
2001,
adopt6
el
Tratado
lnternacional sobre los Recursos Fitogeneticos para
Ia
Alimentaci6n y
Ia
Agricultura
(denominado
en
adelante "Tratado lnternacional") que proporciona un marco
internacional convenido para
Ia
conservaci6n y
Ia
utilizaci6n sostenible de los
recursos fitogeneticos para
Ia
alimentaci6n y
Ia
agricultura, en armonfa con
el
Convenio sobre
Ia
Diversidad Biol6gica, y que,
en
su
Articulo
5, dispone que las
Partes Contratantes cooperaran
en
Ia
promoci6n de
Ia
organizaci6n de un sistema
eficaz y sostenible de conservaci6n ex situ;
CONSIDERANDO
QUE
el
Tratado lnternacional establece asimismo que
se
prestara
Ia
debida atenci6n a
Ia
necesidad de disponer de una suficiente
documentaci6n, caracterizaci6n, regeneraci6n y evaluaci6n y de promover
el
perfeccionamiento y
Ia
transferencia de tecnologfas apropiadas a tal efecto, con
objeto de mejorar
Ia
utilizaci6n sostenible de los recursos fitogeneticos para
Ia
alimentaci6n y
Ia
agricultura, y establece ademas que
se
fomentaran y organizaran
redes internacionales de recursos fitogeneticos, asf como
Ia
elaboraci6n y
el
fortalecimiento de un sistema mundial de informaci6n;
CONSIDERANDO
QUE
el
Grupe Consultive sobre lnvestigaci6n Agrfcola
lnternacional (denominado en adelante "el GCIAI"), apoya un sistema de Centres
lnternacionales de lnvestigaci6n Agricola (denominados en adelante los "Centres
para las cosechas del
futuro"),
los cuales han concluido acuerdos con
Ia
FAO para
mantener
en
dep6sito las colecciones de material fitogenetico
en
sus bancos de
germoplasma bajo los auspicios de
Ia
FAO,
en
beneficia de
Ia
comunidad
internacional;
CONSIDERANDO
QUE
Ia
FAO y los Centres para las cosechas del
futuro
del
GCIAI promueven
el
establecimiento de un Fondo Mundial para
Ia
Diversidad de
Cultivos,
en
forma de una dotaci6n de fondos con objeto de proporcionar una
fuente permanents de financiacion
en
apoyo de
Ia
conservacion a largo plaza
ex
situ de material genetico, incluida
Ia
caracterizacion,
Ia
documentacion, evaluaci6n
e intercambio de informacion, conocimientos y tecnologias conexos, de los que
depende
el
mundo
para
Ia
seguridad alimentaria, y que funcionara
como
elemento
esencial de
Ia
Estrategia de Financiaci6n del Tratado lnternacional, bajo
Ia
orientacion normativa del
6rgano
Rector del Tratado lnternacional, y
en
el
marco
del Tratado lnternacional;
CONSIDERANDO
QUE
Ia
Comisi6n de Recursos Geneticos para
Ia
Alimentaci6n y
Ia
Agricultura, de
Ia
FAO
en
su
ga
reunion ordinaria, celebrada
en
octubre de
2002,
tom6
nota de que
Ia
iniciativa de establecer un Fonda Mundial
para
Ia
Diversidad de Cultivos era objeto de un reconocimiento y un apoyo
universales, e instaba a los donantes a que contribuyesen
al
establecimiento del
Fonda;
CONSIDERANDO
QUE
Ia
FAO y
el
Institute
lnternacional de Recursos
Fitogeneticos (denominado
en
adelante "IPGRI"),
en
nombre de los Centres para las
cosechas del
futuro
del GCIAI constituyeron un Grupe provisional de expertos
eminentes y nombraron a un Secretario Ejecutivo provisional encargado de
supervisar
el
establecimiento del Fonda Mundial para
Ia
Diversidad de Cultivos;
CONSIDERANDO
QUE
Ia
FAO y el IPGRI,
en
nombre de los Centres para las
cosechas del
futuro
del GCIAI instaron a las Partes
en
el
presente Acuerdo a que
les prestaran ayuda para
el
establecimiento del Fonda Mundial para
Ia
Diversidad de
Cultivos y para proporcionar
al
Fonda personalidad juridica internacional;
CONSIDERANDO
QUE
las Partes
en
el
presente Acuerdo,
en
nombre de
Ia
comunidad internacional, acordaron establecer
el
Fonda Mundial para
Ia
Diversidad
de Cultivos
en
calidad de
fonda
internacional con personalidad juridica internacional
propia, y con las demas facultades y poderes necesarios a
fin
de funcionar
eficazmente y cumplir sus objetivos;
CONSIDERANDO
QUE
las Partes
en
el
presente Acuerdo entienden que
el
6rgano
Rector del Tratado lnternacional1 y
el
Fonda concluiran un acuerdo
separado, por
el
que
se
reconozca que el Fonda
es
un elemento esencial de
Ia
Estrategia de Financiaci6n del Tratado lnternacional, y
se
establezca que
el
Fonda
funcionara bajo
Ia
orientaci6n normativa del
6rgano
Rector del Tratado
lnternacional,
POR
CONSIGUIENTE las Partes
en
el
presente Acuerdo convienen
en
lo
siguiente:
1 Puesto que
el
Organo Rector
no
posee personalidad jurrdica internacional propia,
el
acuerdo sera
concluido por
Ia
FAO
en
nombre del Organo Rector, y con
Ia
aprobaci6n de este.
2 Puesto que
el
Organo Rector
no
posee personalidad jurrdica internacional propia,
el
acuerdo sera
concluido
por
Ia
FAO
en nombre del Organo Rector, y con Ia aprobaci6n de este.

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