Acuerdo de Asociación Estratégica entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina

Document typeAcuerdo
CategoryBilateral
SubjectCooperación internacional
ACUERDO DE ASOCIACION ESTRATEGICA ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y
LA REPUBLICA ARGENTINA
Los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina, en adelante denominados “las
Partes”:
CONSIDERANDO
1. Los fuertes vínculos históricos, políticos, económicos, sociales, educativos y culturales que
unen a las Partes;
2. La decisión política de ambos gobiernos de incrementarlos y profundizarlos;
3. Los principios democráticos y los derechos humanos fundamentales, tal como se enuncian
en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Carta Democrática Interamericana,
y el principio del Estado de Derecho, que inspiran las políticas internas e internacionales de las
Partes y constituyen un elemento esencial del presente Acuerdo;
4. La prioridad de promover la paz y seguridad internacionales;
5. La promoción del desarrollo económico y social sostenible, y la distribución equitativa de
los beneficios de la Asociación como principios rectores para la aplicación del presente Acuerdo;
6. La cooperación en los ámbitos educativo, cultural, científico y tecnológico, orientada a
complementar los esfuerzos de desarrollo nacional y organizativo, así como la formación de
recursos humanos de alto nivel, y el fomento a la diversidad cultural;
7. La profunda voluntad de ambos países de avanzar hacia la integración de la América Latina
y el Caribe;
8. La importancia de fomentar la liberalización del comercio internacional, eliminando los
subsidios y las prácticas que lo distorsionen;
9. La necesidad de combatir la pobreza, la desigualdad y la exclusión social para elevar las
condiciones de vida de los pueblos de ambas Partes;
10. El compromiso de instrumentar políticas macroeconómicas sólidas encaminadas a
mantener altos índices de crecimiento con justicia social, pleno empleo, políticas monetarias y
fiscales prudentes, propiciando el aumento de la productividad y de la competitividad;
Han acordado lo siguiente:
SECCION I
DISPOSICIONES GENERALES E INSTITUCIONALES
Título 1
Objetivo y Ámbito de Aplicación
Artículo 1
Objetivo y Ámbito de Aplicación
1. El presente Acuerdo tiene por objetivo fortalecer y profundizar la relación bilateral
mediante el establecimiento de una Asociación Estratégica entre las Partes en materia política,
económica y comercial, así como en los ámbitos de la cooperación educativa, cultural, científica
y tecnológica, basada en la reciprocidad, el interés común y la complementariedad.
2. De conformidad con el párrafo anterior, mediante el presente Acuerdo se promoverá:
a) La coordinación de políticas sobre cuestiones bilaterales, regionales y multilaterales de
interés mutuo;
b) La creación de las condiciones necesarias para el incremento del comercio bilateral y la
promoción de las inversiones recíprocas;

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