Acuerdo Sobre Agricultura entre la Republica de Colombia y la Republica de Islandia

Link to Original Sourcehttp://apw.cancilleria.gov.co/tratados/SitePages/VerTratados.aspx?IDT=7459fda4-4b3f-41df-abe4-16286e28de60
NotesEste Acuerdo Depende de la Entrada En Vigor entre Islandia y Colombia del "acuerdo de Libre Comercio entre Colombia y Los Estados del Aelc". Igualmente, la Denuncia del Acuerdo de Libre Comercio Constituye la Denuncia de Este Acuerdo. el Acuerdo de Libre Comercio No Ha Sido Ratificado Todavia por Islandia (26/09/2012).
ParticipantsAcuerdo Europeo de Libre Comercio - AELC
Acuerdo sobre Agricultura
entre
Ia
Republica de Colombia y
Ia
Republica de Islandia
ARTiCULO 1
Ambito de Aplicacion
Este Acuerdo complementario sobre
el
comercio
de
productos agricolas basicos
(en adelante "este Acuerdo") entre la Republica
de
Colombia (en adelante "Colombia")
y la Republica
de
Islandia (en adelante "Islandia"), denominados "Parte" o
conjuntamente "las Partes", es suscrito en adici6n
al
Tratado
de
Libre Comercio entre
Colombia y los Estados
de
la AELC (en adelante "el Acuerdo de Libre Comercio"),
el
cual se firma simultaneamente
el
25
de
noviembre
de
2008, en particular
de
conformidad con
el
Articulo
1.1
(Establecimiento
de
la Zona de Libre Comercio) del
Acuerdo
de
Libre Comercio.
ARTiCUL02
Reglas Generales
Este acuerdo se aplica a las medidas adoptadas o mantenidas por las Partes
relacionadas con los productos agricolas:
(a) clasificados en los Capitulos 1 a 24 del Sistema Armonizado
de
Descripci6n y Sistema de Codificaci6n
de
Mercancias (en adelante "el
SA"), y no incluidos en los Anexos
III
(Productos Agricolas Procesados)
y
IV
(Productos
de
Ia
Pesca y Otros Productos Marinos) del Acuerdo
de
Libre Comercio; y
(b) cubiertos por el Anexo
II
(Productos Excluidos), mencionados en
el
subparrafo (a) del Articulo
2.2
(Ambito) del Acuerdo de Libre Comercio
ARTicUL03
Concesiones Arancelarias
1.
Colombia otorgara concesiones arancelarias a los productos agricolas originarios
de Islandia, tal como se especifica en
el
Anexo I del presente Acuerdo. Islandia otorgara
concesiones arancelarias a los productos agricolas originarios
de
Colombia, como
se
especifica en
el
Anexo
II
del presente Acuerdo.
2.
No obstante lo dispuesto en el parrafo
1,
una Parte podra condicionar cualquier
exenci6n
de
derechos de aduana aplicados a la soya y
el
maiz
al
cumplimiento
de
un
requisito
de
desempefio.
ARTICULO 4
Tasa Base
1.
Salvo
lo
dispuesto en los Anexos I y
II
de este Acuerdo, para cada producto, la
tasa base arancelaria
ala
que se aplicaran las sucesivas reducciones establecidas en los
Anexos I y II, sera el arancel
de
naci6n mas favorecida aplicado
el
1 de abril
de
2007.
2.
Sin petjuicio
de
lo dispuesto en el parrafo
1,
si
en cualquier momento despues
de
la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, una Parte reduce su arancel aplicado
de
naci6n mas favorecida, tal arancel se aplicara solamente si es mas bajo que
el
arancel
calculado de conformidad con los Anexos correspondientes.
ARTICULO 5
Relas de Origen y Procedimientos Aduaneros
1.
Las reglas de origen y las disposiciones sobre cooperaci6n en materia aduanera
en
el
Anexo V (Reglas de Origen) del Acuerdo
de
Libre Comercio se aplicaran a este
Acuerdo, excepto lo establecido en
el
parrafo
2.
Cualquier referenda a "Estados
de
la
AELC" en ese Anexo sera considerado como referido a Islandia.
2.
Para prop6sitos de este Acuerdo, el Articulo 3
del
Anexo V (Reglas
de
Origen)
del Acuerdo
de
Libre Comercio no se aplicara a los productos cubiertos por este
Acuerdo, los cuales se exportan desde un Estado de la AELC a otro.
ARTiCUL06
Disposiciones del Acuerdo de Libre Comercio
Salvo disposici6n en contrario en este Acuerdo, las siguientes disposiciones, asi
como los Capitulos 9 (Transparencia) y
12
(Soluci6n
de
Controversias), del Acuerdo
de
Libre Comercio aplicaran, mutatis mutandis, a este Acuerdo:
1.3
(Alcance Geognifico ),
1.4 (Relaci6n con Otros Acuerdos Intemacionales), 1.6 (Gobiemos Centrales,
Regionales y Locales), 1.7 (Tributaci6n),
2.3
(Reglas de Origen y Asistencia
Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros), 2.8 (Aranceles a la Exportaci6n), 2.9
(Restricciones a la Importaci6n y Exportaci6n), 2.10 (Cargas y Formalidades
Administrativas),
2.11
(Trato Nacional), 2.12 (Empresas Comerciales del Estado), 2.13
(Medidas Sanitarias y Fitosanitarias), 2.14 (Obstaculos Tecnicos al Comercio), 2.15
(Subsidies y Medidas Compensatorias), 2.16 ( Anti-Dumping), 2.17 (Medidas
de
Salvaguardia Global), 2.18 (Medidas de Salvaguardia Bilateral), 2.19 (Excepciones
Generales), 2.20 (Seguridad Nacional),
2.21
(Balanza
de
Pagos),
8.3
(Cooperaci6n),
13.1
(Anexos, Apendices y Notas al Pie
de
Paginas),
13.3
(Enmiendas), 13.5
(Denuncia) y 13.7 (Reservas).

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