Decisión del Panel Administrativo nº D2006-0453 of WIPO Arbitration and Mediation Center, June 14, 2006 (case vs. Wax Home S.A.)

JudgeMaría Baylos Morales
Resolution DateJune 14, 2006
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer
DominioGeneric Domains
  1. Las Partes

    La Demandante en este procedimiento es Cocihogar Cooperativa Valenciana de Trabajo Asociado Benidorm, Alicante, España, representada por Abril Abogados, España.

    La Demandada es Wax Home S.A., Sevilla, España.

  2. Los Nombres de Dominio y el Registrador

    La Demanda tiene como objeto los nombres de dominio [cocihogar.com] y [cocihogar.net].

    La entidad registradora de los nombres de dominio es Wild West Domains, Inc.

  3. Iter Procedimental

    La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el "Centro") el 10 de abril de 2006. El 12 de abril de 2006 el Centro envió a Wild West Domains, Inc. vía correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con los nombres de dominio en cuestión. El 19 de abril de 2006 Wild West Domains, Inc. envió al Centro, vía correo electrónico, su respuesta confirmando que el Demandado es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto administrativo, técnico y de facturación. En respuesta a una notificación del Centro en el sentido de que la Demanda era administrativamente deficiente, el Demandante presentó una modificación a la Demanda el 3 de mayo de 2006. El Centro verificó que la Demanda así como su posterior modificación, cumplían los requisitos formales de la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (la "Política"), el Reglamento de la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (el "Reglamento"), y el Reglamento Adicional de la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (el "Reglamento Adicional").

    De conformidad con los párrafos 2.a) y 4.a) del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda al Demandado, dando comienzo al procedimiento el 3 de mayo de 2006. De conformidad con el párrafo 5.a) del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 23 de mayo de 2006. El Demandado no contestó a la Demanda. Por consiguiente, el Centro notificó al Demandado su falta de personación y ausencia de contestación a la Demanda el 24 de mayo de 2006.

    El Centro nombró a María Baylos Morales como miembro único del Grupo Administrativo de Expertos el día 2 de junio de 2006, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con el párrafo 7 del Reglamento. El Experto Único considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

    Idioma del procedimiento. El escrito de Demanda se presentó en lengua española, el Demandado no ha contestado la Demanda, pero ambas partes son españolas y por tanto comprenden dicha lengua. Teniendo en cuenta estas circunstancias, el Experto, haciendo uso de la facultad contenida en el párrafo 11.a) del Reglamento, estima que el español debe ser la lengua del procedimiento.

  4. Antecedentes de Hecho

    La entidad Demandante ostenta la titularidad de distintos registros de marcas españolas cuya existencia y vigencia ha sido debidamente acreditada por la representación de la Demandante a través del anexo nº 3 de la Demanda y que consisten en la denominación COCIHOGAR, siendo la más antigua de las marcas de 26 de noviembre de 1998.

    El Demandado es WAX HOME, S.A., persona jurídica con domicilio social en Sevilla, España.

    El nombre de dominio [cocihogar.com] fue registrado el día 21 de diciembre de 2004 y [cocihogar.net] fue registrado el 10 de mayo de 2005.

    El Demandado no ha contestado a la Demanda en el plazo concedido, a pesar de haber sido debidamente notificado.

  5. Alegaciones de las Partes

    1. Demandante

      La Demandante estableció en su escrito:

      Que es titular de los siguientes expedientes de signos distintivos españoles actualmente en vigor:

      Marca nacional No. 2.198.798 (x) COCIHOGAR;

      Marca nacional No. 2.198.799 (8) COCIHOGAR;

      Marca nacional No. 2.205.385 (9) COCIHOGAR;

      Marca nacional No. 2.216.215 (1) COCIHOGAR;

      Nombre comercial Nº 251.403 (6) COCIHOGAR;

      Rótulo de establecimiento Nº 260.363 (4) MARINA BAIXA COCIHOGAR;

      Rótulo de establecimiento Nº. 272.850 (8) COCIHOGAR.

      Que los nombres de dominio objeto de la Demanda [cocihogar.com] y [cocihogar.net], reproducen de forma idéntica, fonética y gráficamente, la denominación COCIHOGAR, protegida en exclusiva por los signos distintivos prioritarios españoles ya mencionados, que son titularidad de Cocihogar Cooperativa Valenciana De Trabajo Asociado.

      Que esta reproducción servil de la denominación "Cocihogar" como nombre de dominio bajo los niveles genéricos ".com" y ".net", genera confusión en el consumidor que de forma errónea tendrá la convicción de hallarse ante la página Web de la Demandante, o de que ésta tiene algún vínculo con el nombre de dominio, o bien que dicha página Web ofrece u ofrecerá productos o servicios cuyo origen...

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