Victimologia

AuthorDaniel Ernesto Peña Labrín
ProfessionAbogado y sociólogo
Pages54-59

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DANIEL ERNESTO PEÑA LABRIN

UNIDAD IV:VICTIMOLOGIA

SUMILLA

4.1 DEFINICIONES DE VICTIMOLOGIA
4.2
CLASIFICACIONES DE LAS VICTIMAS

4.1 DEFINICIONES DE VICTIMOLOGIA

Cuando una persona o varias cometen un delito doloso o culposo sobre el agraviado o los agraviados este hecho repercute, extendiéndose a su familia o familias.

En función de la naturaleza del delito, de la personalidad de cada sujeto pasivo y de una gama de circunstancias concurrentes, se derivan diferentes consecuencias de la infracción penal por las víctimas.

Por ello se distinguen entre la denominada victimización primaria y secundaria.

En la primera, se refleja la experiencia individual del agraviado y las consecuencias perjudiciales producidas por el delito de índole física, económica, psicológica o social. En efecto, con frecuencia los daños experimentados por la víctima no se limitan a la lesión o puesta en peligro del bien jurídico del que es titular.

La víctima sufre a menudo un severo impacto psicológico, que incrementa el daño material, o físico del delito, la impotencia ante la agresión o el miedo a que se repita, producen ansiedad o abatimiento, cuando no complejos de culpabilidad con relación a los hechos acaecidos, lo que con cierta frecuencia, repercute en los hábitos del sujeto y altera su capacidad de relación.

Por otro lado, la respuesta social a los padecimientos de la víctima no es siempre solidaria; en el mejor de los casos, cristaliza en actitudes compasivas, lo que a su vez, genera también aislamiento. En definitiva, la victimización primaria, alude a las iniciales consecuencias del delito.

Al respecto hay dos tendencias que son:

La Victimología, es una parte de la Criminología

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DANIEL ERNESTO PEÑA LABRIN

La Victimología, constituye una nueva disciplina.

Se interpreta que forma parte de la Criminología en cuanto esta estudia y se interesa por el delito, delincuente, la víctima, sus familias, y la Sociedad y los sistemas de control criminal.

Pero, se intenta separarla por el descuido que ha sufrido dentro del proceso penal, el extremo que se le ha tenido en cuenta para el resarcimiento económico, olvidando otros elementos concomitantes, que también lo han dañado.

Antes no sucedió así, en la época greco-romana, en la investigación, y el procedimiento y sentencia tuvo un rol protagónico, pero con la multiplicación de Estados y el avance del Derecho Penal, el proceso se centró en el autor de la infracción, debido a los adelantos de la Criminología y del Derecho Penitenciario, que se preocuparon por la calamitosa situación objetiva del ofensor, preocupándose por su encarcelamiento bajo condiciones humanistas, respetando sus derechos como persona bio-psico-social y procurando su readaptación, para evitar nueva comisión de delitos que lo condujeran nuevamente a la privación de libertad, lo que significó un descuido de los agraviados, salvo el pago de la reparación civil, muchas veces...

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