Decisión del Panel Administrativo nº DMX2014-0015 of WIPO Arbitration and Mediation Center, August 21, 2014 (case Urban Outfitters, Inc. v. Guillermo Cazares)

Resolution DateAugust 21, 2014
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer
DominioMéxico (.mx)

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

DECISIÓN DEL GRUPO DE EXPERTOS

Urban Outfitters, Inc. c. Guillermo Cazares

Caso No. DMX2014-0015

1. Las Partes

La Promovente es Urban Outfitters, Inc. con domicilio en Filadelphia, Estados Unidos de América representada por SafeNames Ltd., Reino Unido de Gran Bretaña y Norte de Irlanda.

El Titular es Guillermo Cazares con domicilio en México DF, Distrito Federal, México.

2. El Nombre de Dominio y el Registrador

La Solicitud tiene como objeto el nombre de dominio [urbanoutfitters.com.mx].

El Registro del citado nombre de dominio es NIC-México y el agente Registrador es NEUBOX Internet SA de CV.

3. Iter Procedimental

La Solicitud se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro”) el 9 de junio de 2014. El 10 de junio de 2014 el Centro envió a NIC-México, vía correo electrónico, una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 10 de junio de 2014, NIC- México envió al Centro, vía correo electrónico, su respuesta confirmando que el Titular es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto del contacto administrativo, técnico y de facturación. En respuesta a una notificación del Centro en el sentido que la Solicitud era administrativamente deficiente, el Promovente presentó una modificación a la Solicitud el 17 de junio de 2014.

El Centro verificó que la Solicitud junto con la modificación a la Solicitud cumplían los requisitos formales de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para “.MX” (la “Política” o “LDRP”), el Reglamento de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para “.MX” (el “Reglamento”), y el Reglamento Adicional del Centro para la solución de controversias en materia de nombres de dominio (el “Reglamento Adicional”).

De conformidad con el artículo 4 del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Solicitud al Titular, dando comienzo al procedimiento el 25 de junio de 2014. De conformidad con el artículo 5 del Reglamento, el plazo para contestar la Solicitud se fijó para el 15 de julio de 2014. La Contestación fue presentada en fecha 5 de julio de 2014. Después de varias comunicaciones entre las partes con respecto a la suspensión del procedimiento, este fue finalmente suspendido el 24 de julio de 2014 con la finalidad de un posible acuerdo amistoso entre las partes. El procedimiento fue re-instituido con fecha 31 de julio de 2014.

El Centro nombró a Luis C. Schmidt como miembro único del Grupo de Expertos el día 7 de agosto de 2014, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con el artículo 9 del Reglamento. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

4. Antecedentes de Hecho

La Promovente, Urban Outfitters, Inc. es una empresa norteamericana con más de 42 años de experiencia en la creación y gestión de tiendas especializadas en moda y tendencias, con presencia en más de 10 países, en el sector de la industria de moda. La Promovente goza de un gran prestigio a nivel internacional en el sector de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT