Decisión del Panel Administrativo nº DMX2014-0015 of WIPO Arbitration and Mediation Center, August 21, 2014 (case Urban Outfitters, Inc. v. Guillermo Cazares)
Resolution Date | August 21, 2014 |
Issuing Organization | WIPO Arbitration and Mediation Center |
Decision | Transfer |
Dominio | México (.mx) |
La Promovente es Urban Outfitters, Inc. con domicilio en Filadelphia, Estados Unidos de América representada por SafeNames Ltd., Reino Unido de Gran Bretaña y Norte de Irlanda.
El Titular es Guillermo Cazares con domicilio en México DF, Distrito Federal, México.
La Solicitud tiene como objeto el nombre de dominio [urbanoutfitters.com.mx].
El Registro del citado nombre de dominio es NIC-México y el agente Registrador es NEUBOX Internet SA de CV.
La Solicitud se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro”) el 9 de junio de 2014. El 10 de junio de 2014 el Centro envió a NIC-México, vía correo electrónico, una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 10 de junio de 2014, NIC- México envió al Centro, vía correo electrónico, su respuesta confirmando que el Titular es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto del contacto administrativo, técnico y de facturación. En respuesta a una notificación del Centro en el sentido que la Solicitud era administrativamente deficiente, el Promovente presentó una modificación a la Solicitud el 17 de junio de 2014.
El Centro verificó que la Solicitud junto con la modificación a la Solicitud cumplían los requisitos formales de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para “.MX” (la “Política” o “LDRP”), el Reglamento de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para “.MX” (el “Reglamento”), y el Reglamento Adicional del Centro para la solución de controversias en materia de nombres de dominio (el “Reglamento Adicional”).
De conformidad con el artículo 4 del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Solicitud al Titular, dando comienzo al procedimiento el 25 de junio de 2014. De conformidad con el artículo 5 del Reglamento, el plazo para contestar la Solicitud se fijó para el 15 de julio de 2014. La Contestación fue presentada en fecha 5 de julio de 2014. Después de varias comunicaciones entre las partes con respecto a la suspensión del procedimiento, este fue finalmente suspendido el 24 de julio de 2014 con la finalidad de un posible acuerdo amistoso entre las partes. El procedimiento fue re-instituido con fecha 31 de julio de 2014.
El Centro nombró a Luis C. Schmidt como miembro único del Grupo de Expertos el día 7 de agosto de 2014, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con el artículo 9 del Reglamento. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.
La Promovente, Urban Outfitters, Inc. es una empresa norteamericana con más de 42 años de experiencia en la creación y gestión de tiendas especializadas en moda y tendencias, con presencia en más de 10 países, en el sector de la industria de moda. La Promovente goza de un gran prestigio a nivel internacional en el sector de...
To continue reading
Request your trial