La junta de ultramar: Asesoramiento continuado al gobierno en relación a los asuntos de ultramar

AuthorIsabel Martínez Navas
Pages99-111
CAPÍTULO 4
LA JUNTA DE ULTRAMAR:
ASESORAMIENTO CONTINUADO AL GOBIERNO
EN RELACIÓN A LOS ASUNTOS DE ULTRAMAR
En noviembre de 1840, la Regencia provisional del Reino disponía la supresión de las
diferentes Juntas o Comisiones consultivas que habían venido auxiliando al Gobierno. En
el verano siguiente, un Decreto de 3 de julio, creaba una Junta de Ultramar a la que, dos me-
ses después, se conminaba a instalarse de forma inmediata e iniciar el trabajo que se le ha-
bía encomendado. El nuevo órgano consultivo —conocido también como Junta Revisora de
las Leyes de Indias— desempeñó en los años siguientes una notable labor asesora. Junto a
la que aparecía como su ocupación principal —impulsar el desarrollo de la legislación es-
pecial de Ultramar— se asignó a la Junta, desde el comienzo, el papel de cuerpo estable de
asesoramiento al Gobierno en relación a las provincias ultramarinas, de suerte que, en los
siguientes cinco años, la Junta de Ultramar evacuó más de dos centenares de informes que
le fueron requeridos por los Ministerios de Guerra, de Gobernación de Ultramar y de Gra-
cia y Justicia. A partir de 1846, restablecido el Consejo Real, la Junta de Ultramar centró
su actividad en la elaboración de las bases de las leyes especiales, siendo requerida como
órgano asesor del Gobierno tan sólo en contadas ocasiones, en las que se pronunció acerca
de extremos ya consultados o que lo habrían de ser por la Sección de Indias del Consejo Real1.
1. ESTABLECIMIENTO DE UNA JUNTA DE ULTRAMAR Y SU OBJETO
La Exposición de Motivos del Decreto de 3 de Julio de 18412, por el que se establecía
la nueva corporación, hacía referencia a «una Junta que se ocupe, sin levantar mano, de
1Suprimida la Junta de ultramar, en 1851, se encargó a quien había sido su secretario, la elaboración de
una memoria detallada de los trabajos realizados por la Junta y la formación de los correspondientes índices
de documentos, con la finalidad de ponerlos a disposición de la recién establecida Dirección General de Ul-
tramar. La Memoria elaborada por Pedro Tomás de Córdoba, en BNE, mss. 13.975, ff. 85rº-526r.
2Gaceta de Madrid del Martes, 6 de julio de 1841.

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