El Tratado de No Proliferación de Armas Nucleares (TNP): elementos y desarrollos posteriores (I). No proliferación, usos pacíficos y desarme. El régimen de verificación
| Author | Ignacio Cartagena/Vicente Garrido Rebolledo |
| Pages | 129-177 |
El Tratado de No Proliferación de
Armas Nucleares (TNP):elementos y
desarrollos posteriores (I).
No proliferación, usos pacíficos y
desarme. El régimen de verificación
COLECCIÓN Derecho Público y Ciencia Política 129
3
CAPÍTULO
1. Introducción
El régimen de no proliferación nuclear, del que el TNP constituye su
máximo exponente, se erige sobre una premisa básica y un equilibrio de
compromisos en tres áreas distintas de la actividad nuclear, denominados
«pilares del tratado». La premisa es el no reconocimiento de nuevos Esta-
dos nucleares más allá de los que hayan realizado un ensayo nuclear antes
del 1 de enero de 1967 (artículo IX.3). Los tres pilares básicos, en forma de
compromisos consisten en: 1) la no proliferación de armas nucleares para
aquellos Estados que no las posean antes de la citada fecha (artículo II); 2)
el desarme nuclear para aquellos Estados que las posean (artículo VI); y
3) la garantía de uso pacífico de la energía nuclear para todos los Estados
(artículo IV.1).
COLECCIÓN DERECHO PÚBLICO Y CIENCIA POLÍTICA
IGNACIO CARTAGENA | VICENTE GARRIDO REBOLLEDO
LA ROCA DE SÍSIFO
PASADO, PRESENTE Y FUTURO DEL RÉGIMEN DE NO PROLIFERACIÓN NUCLEAR
130
Cuadro 3. Los Pilares del TNP
A diferencia de otros tratados, como la Convención de Armas Quí-
micas de 1997 o la de Armas Biológicas de 1972, el TNP establece dos
«categorías» de Estados, con regímenes obligacionales diferentes, según
se trate de Estados nucleares o no nucleares, y deja en manos de una orga-
nización ya existente, el Organismo Internacional de la Energía Atómica
(OIEA), creada en 1957, encargada de la asistencia técnica y del fomento
de los usos pacíficos de la energía nuclear, el control de la verificación de
las actividades nucleares de los Estados Partes en el Tratado, a través de
las salvaguardias nucleares. Sin embargo, la aplicación del sistema de sal-
vaguardias resulta también desigual, ya que se excluye expresamente las
actividades militares de los Estados nucleares.
El TNP legitima la posesión del armamento nuclear en manos de
unos pocos Estados y prohíbe a una inmensa mayoría la fabricación (in-
EL TRATADO DE NO PROLIFERACIÓN DE ARMAS NUCLEARES (TNP): ELEMENTOS Y DESARROLLOS POSTERIORES (I).
CAPÍTULO 3
NO PROLIFERACIÓN, USOS PACÍFICOS Y DESARME. EL RÉGIMEN DE VERIFICACIÓN
COLECCIÓN DERECHO PÚBLICO Y CIENCIA POLÍTICA 131
cluida la ayuda técnica para tal fin), adquisición, recepción (directa o indi-
recta) y almacenamiento de armas nucleares u otros dispositivos nuclea-
res explosivos (artículo II). En la práctica, sólo son considerados Estados
nucleares de iure EE. UU., Rusia, el Reino Unido, Francia y China. El resto
de los Estados tienen la consideración de Estados no nucleares y, por con-
siguiente, su adhesión al tratado debe realizarse con un estatus no nuclear.
Ese es el caso de las antiguas repúblicas nucleares soviéticas de Bielorru-
sia, Kazajistán y Ucrania, que se comprometieron, a través del Protocolo
de Lisboa del Tratado START I, firmado el 23 de mayo de 1992, a suscribir
el TNP como Estados no nucleares60.
En el lado opuesto, Estados como India (que realizó su primer ensayo
nuclear en 1974), Pakistán (que respondió a las pruebas nucleares de su ve-
cina India en mayo de 1998, realizando también una serie de seis explosio-
nes61) e Israel (que pese a tener presuntamente capacidad y armamento nu-
clear, nunca ha realizado un ensayo) son consideradas potencias nucleares
de facto o de hecho, pero no de iure o de derecho, razón por la cual recha-
zan suscribir el TNP, siendo los tres únicos Estados nucleares (además de
Corea del Norte) que permanecen al margen de este62. India acusa a las «de-
ficiencias» del TNP de hacer que el mundo sea «un lugar más peligroso y ha
venido solicitado de forma reiterada su sustitución por un nuevo Tratado
de Amas Nucleares, cuyo objetivo último sea la total eliminación de estas
(FINANCI AL TIMES, 2009). A este reducido grupo hay que añadir a Corea
del Norte, que accedió formalmente al «club nuclear» tras la realización de
su primer ensayo en el año 2006; desde entonces, el régimen norcoreano
ha llevado a cabo un total de seis pruebas nucleares (además de la realizada
60 Sobre el debate acerca de la ratificación del Protocolo de Lisboa véase GARRIDO REBOLLEDO, 1992b: 125-
138 y GARRIDO REBOLLEDO, 1993: 79-86.
61 Sobre las pruebas nucleares de India y Pakistán véase GARRIDO REBOLLEDO, 1998a: 99-107, GARRIDO
REBOLLEDO, 1998b: 72-77, GARRIDO REBOLLEDO, 1998c: 53-63 y GARRIDO REBOLLEDO, 1999: 107-114.
62 A ese reducido número hay que sumar la República de Sudán del Sur (Estado no nuclear, no signatario del
TNP), el país más joven del mundo, que accedió a su independencia el 9 de julio de 2011.
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