El Título Ejecutivo Europeo

AuthorAlbert Font i Segura
Pages1146-1150

Rodríguez Vázquez, M.ª, Á., El Título Ejecutivo Europeo, editorial colex, Madrid, 2005, 142 pp.

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  1. Si el 30 de abril de 2004 aparecía publicado en el DOUE, el Reglamento (ce) núm. 805/2004 del Parlamento europeo y del consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se crea un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados, los primeros días de 2005 nacían alumbrando la monografía objeto de la presente reseña. Se trata pues de una primera aproximación a un Reglamento que constituyó por sí mismo una auténtica novedad en el panorama del Derecho y, en particular, del Derecho internacional privado. En efecto, el Título ejecutivo europeo (Tee, en adelante) pone de manifiesto la contundente marcha del proceso de integración comunitario con unas consecuencias evidentes para el concepto «frontera jurídica». Por otra parte, y ya en un plano más concreto, el Tee supuso una nueva vuelta de tuerca en el camino emprendido con la adopción del convenio de Bruselas, por lo que al reconocimiento y ejecución se refieren. Ciertamente, el convenio de Bruselas se había ya transformado en Reglamento comunitario y, por consiguiente, formaba parte del arsenal normativo con el que se desplegaba la competencia adquirida por la comunidad europea gracias al Tratado de Ámsterdam. Sin embargo, como pone de relieve la autora (p. 21), el avance proporcionado por el Reglamento 805/2004 no es de ningún modo menor, dado que no se trata ya de simplificar el procedimiento de exequátur, sino, lisa y llanamente, de suprimirlo. La transformación que esta nueva perspectiva originaba era fundamental y, por ello, el Reglamento 805/2004 merecía un pronto estudio, un análisis que permitiera al operador jurídico saber a qué atenerse. El Reglamento 805/2004 es una norma que se superpone a los distintos Derechos procesales nacionales, que continúan perviviendo. No se trata, en consecuencia, de una norma comunitaria que unifique las reglas procesales nacionales, sino que se limita -y no es poco- a suprimir el exequátur y a establecer los criterios para que una resolución pueda gozar de eficacia ejecutiva inmediata, directa e incondicional. El Reglamento entra en juego una vez ha concluido el proceso que tiene por resultado la resolución que es susceptible de ser certificada como Tee. Es entonces cuando debe controlarse si la resolución ha sido obtenida en cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento. Las posibilidades que brinda el Tee debían, por ello, cotejarse con las normas procesales que proporciona el Derecho español. En este sentido, la finalidad perseguida por M.ª Ángeles Rodríguez en esta monografía pasa por «realizar un estudio del Reglamento (...), así como de las repercusiones que tendrá en el Derecho español su puesta en práctica» (p. 15). Este objetivo se ve cumplido con la monografía elaborada por la autora.

  2. Este es el punto de partida, el contexto de esta monografía. La autora presenta en una completa introducción el cambio de enfoque que supone derivar de un sistema clásico Page 1147 de reconocimiento y ejecución a un sistema integrado en el que no se concede prácticamente control alguno a las autoridades del estado de destino. Esta introducción -expuesta con una claridad y una pulcritud en el estilo que se agradece y que además se mantiene a lo largo de toda la obra- permite comprender la inteligencia del Reglamento. La autora logra ofrecer una amplia perspectiva de lo que supone este Reglamento, apuntando cuáles son sus orígenes, sus antecedentes y trabajos preparatorios, su justificación, su finalidad. Esta exposición no está exenta además de una enriquecedora visión general puesto que no se detiene estrictamente en el Reglamento...

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