La territorialidad en el ordenamiento plurilegislativo español

AuthorRafael Arenas García
Pages332-334

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Pérez Milla, J. J.: La territorialidad en el ordenamiento plurilegislativo español. Materia de contenido económico con especial referencia al derecho corporativo, Valencia, CIRIEC - España, 1999, 79 páginas.

  1. «En la estructura compleja del Estado de las Autonomías, el sistema competencial debe estar dotado de una característica fundamental, la simplicidad». Con esta frase se abre el último epígrafe («Conclusión») del estudio del Profesor José Javier Pérez Milla que aquí comentamos. No creo equivocarme si afirmo que esta búsqueda de simplicidad o, al menos, de coherencia en la explicación de ese entramado jurídico altamente complejo que dibuja la caracterísitica «plurilegislativo» predicable del ordenamiento español ha sido una de las tareas prioritarias en la doctrina del DIPr. español prácticamente desde los inicios de articulación de este sistema tras la promulgación de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía. Lo que en un principio parecía un viaje agradable por terrenos ya conocidos -se trataba de adaptar a la realidad constitucional el viejo tema del Derecho interregional español, la regulación de la convivencia de los diferentes Derechos civiles españoles- pronto se trocó en una aventura apasionante por paisajes inexplorados. La Constitución había multiplicado las materias en las que era posible la colisión entre los Derechos españoles sin que, a diferencia de lo que sucedía en relación con el Derecho civil, existiese ningún tipo de mecanismo que facilitase la aplicación de un sistema que en ocasiones daba la sensación de desbordarse. Los in-ternacionalprivatistas se vieron en la necesidad de asumir una tarea que exigía la permanente utilización de elementos procedentes de otras ramas jurídicas (Derecho civil, mercantil, administrativo, constitucional...). El resultado, como es sabido, fueron varias importantes aportaciones en los años 80, iniciadas por L. Garau Juaneda («Comunidades Autónomas y Derecho interregional», Constitución, Comunidades Autónomas y Derecho internacional, VI Jornadas de la Asociación Española de Profesores de Derecho internacional y Relaciones internacionales, Santiago de Compostela, Xunta de Galicia, 1982, pp. 111-167) y consolidadas por las dos monografías en que se tradujo la tesis doctoral de A. Arce Janáriz (Constitución y Derechos civiles forales, Madrid, Tecnos, 1987 y Comunidades Autónomas y conflictos de leyes, Madrid, Civitas, 1988). En esta última obra se presenta un modelo de los presupuestos constitucionales de los conflictos internos que plantea en sus justos términos el alcance de la territorialidad del Derecho autónomico, tal como pone de relieve J.D. González Campos en el prólogo a la obra (ibid., p. 14). A partir de ese momento, sin embargo, los conflictos de leyes fuera del ámbito civil no fueron prácticamente objeto de atención por la doctrina internacionalprivatista, quedando en cierta forma estancadas las aportaciones hasta el artículo de J.D. González Campos «El marco constitucional de los...

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