Decisión del Panel Administrativo nº DES2017-0006 of WIPO Arbitration and Mediation Center, April 21, 2017 (case Telefónica, S.A. v. Questión de Imaginación)

Resolution DateApril 21, 2017
Issuing OrganizationWIPO Arbitration and Mediation Center
DecisionTransfer
DominioEspaña (.es)

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

DECISIÓN DEL EXPERTO

Telefónica, S.A. c. Questión de Imaginación

Caso No. DES2017-0006

1. Las Partes

La Demandante es Telefónica, S.A., con domicilio en Madrid, España representada por Herrero & Asociados, España.

La Demandada es Questión de Imaginación, con domicilio en Madrid, España.

2. El Nombre de Dominio y el Registrador

La Demanda tiene como objeto el nombre de dominio [movistaresports.es].

El Registro del nombre de dominio es Red.es. El Registrador del nombre de dominio en disputa es Dinahosting S.L.

3. Iter Procedimental

La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el "Centro") el 14 de febrero de 2017. El 14 de febrero de 2017, el Centro envió a Red.es por correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 15 de febrero de 2017, Red.es envió al Centro por correo electrónico su respuesta confirmando que la Demandada es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto del contacto administrativo, técnico y de facturación. En respuesta a una petición de aclaración del Centro respecto de un error tipográfico en la Demanda, la Demandante presentó una Demanda enmendada el 27 de febrero de 2017. En respuesta a una notificación del Centro en el sentido que la Demanda era administrativamente deficiente, la Demandante presentó otra Demanda enmendada el 27 de febrero de 2017.

El Centro verificó que la Demanda y las Demanda enmendadas (en adelante denominadas conjuntamente como la "Demanda"), cumplían los requisitos formales del Reglamento del procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos para nombres de dominio bajo el código de país correspondiente a España (".ES") (el Reglamento).

De conformidad con los artículos 7.a) y 15.a) del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda y las Demandas enmendadas a la Demandada, dando comienzo al procedimiento el 28 de febrero de 2017. De conformidad con el artículo 16.a) del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 20 de marzo de 2017. La Demandada no contestó a la Demanda. Por consiguiente, el Centro notificó a la Demandada su falta de personación y ausencia de contestación a la Demanda el 21 de marzo de 2017.

El 5 de abril de 2017 la Demandante envió un correo electrónico al Centro notificando la localización de dos nuevos nombres de dominio [telefonicaesports.com] y [telefonicaesports.es] registrados por la aquí Demandada, y solicitando al Centro que se incorporase el nombre de dominio [telefonicasports.es] al presente caso por la coincidencia de la Demandada y Demandante[1].

El 7 de abril de 2017 el Centro dio respuesta a la solicitud de la Demandante, relegando la solución de la cuestión a la decisión del Experto.

El Centro nombró a Mario A. Sol Muntañola como Experto el día 7 de abril de 2017, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con el artículo 5 del Reglamento. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

4. Antecedentes de Hecho

La Demandante es una empresa española, fundada en el año 1924, líder en el mercado de las telecomunicaciones integradas. Su actividad se centra fundamentalmente en los negocios de telefonía fija y móvil, servicios y aplicaciones de las Tecnologías de la Información. La Demandante ha desarrollado una plataforma de contenidos de esports online relacionada con juegos electrónicos y deporte que opera a través del sitio web "www.movistarplus.es/esports". Con respecto a su implantación en el mercado, la marca MOVISTAR goza de una posición privilegiada, estando presente además de en España, en otros países de habla hispana como Argentina, Chile, Uruguay, Perú, Ecuador, Venezuela (República Bolivariana de), Colombia, México, Guatemala, Panamá, El Salvador, Costa Rica y Nicaragua. Asimismo, la Demandante pertenece, a través de sus marcas, al Foro De Marcas Renombradas Españolas.

La Demandante es titular de más de 2.500 marcas registradas en más de 20 países, muchas de ellas con denominación MOVISTAR y ha aportado pruebas de su titularidad sobre numerosas marcas, entre otras la marca española MOVISTAR número M1710122 registrada el 2 de noviembre de 1993 para la clase 38.

ii) La marca española MOVISTAR número M1710123, concedida el 4 de marzo de 1994 para la clase 39.

La Demandante ha acreditado ser...

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